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El presidente de la Comisión de Movilidad en Congreso local explicó que es lo adecuado, ya que por por cuestiones constitucionales no se puede sancionar o procesar a alguien por la misma conducta o mismas acciones
El Pleno de Ministros consideró que las normas invalidadas violaban el principio de taxatividad, es decir, que no eran suficientemente claras y hacían depender una sanción penal de una infracción de tránsito, que puede ser de carácter meramente administrativo