/ viernes 16 de abril de 2021

Revisarán sanción impuesta al jugador Joao N

Magistrados ordenaron al tribunal de enjuiciamiento, llamar a una nueva audiencia para revisar la pena relacionada con el monto de la reparación del daño

Un Tribunal de Alzada ordenó reponer el proceso de sanción y reparación del daño en contra del futbolista Joao N, quien recobró su libertad tras pagar poco más de 3 millones de pesos por reparación del daño a los familiares María Fernanda y Alejandro.

Los asesores jurídicos de la mamá de María Fernanda y el Ministerio Público apelaron el fallo del 30 de octubre de 2020, relativo a la reparación del daño y a la sanción de tres años, ocho meses y 15 días de cárcel que fue impuesta por el tribunal de enjuiciamiento, por considerar que hubo un error en el criterio del tribunal.


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La apelación fue revisada por los Magistrados de la Décima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado Especializada en Justicia Integral para adolescentes, Federico Hernández Corona (Presidente), Antonio Fierros y José Luis Gutiérrez Miranda (ponente).

Los magistrados ordenaron al tribunal de enjuiciamiento que determinó las sanciones ya señaladas para el jugador, llamar a las partes a una nueva audiencia para revisar la pena relacionada con el monto de la reparación del daño.

"Advertimos que existe la necesidad de revocar y dejar insubsistente la sentencia recurrida y en su lugar ordenar la reposición del procedimiento a partir de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño", así detalla la resolución de los magistrados de la Décima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

Un Tribunal de Alzada ordenó reponer el proceso de sanción y reparación del daño en contra del futbolista Joao N, quien recobró su libertad tras pagar poco más de 3 millones de pesos por reparación del daño a los familiares María Fernanda y Alejandro.

Los asesores jurídicos de la mamá de María Fernanda y el Ministerio Público apelaron el fallo del 30 de octubre de 2020, relativo a la reparación del daño y a la sanción de tres años, ocho meses y 15 días de cárcel que fue impuesta por el tribunal de enjuiciamiento, por considerar que hubo un error en el criterio del tribunal.


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"Advertimos que existe la necesidad de revocar y dejar insubsistente la sentencia recurrida y en su lugar ordenar la reposición del procedimiento a partir de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño", así detalla la resolución de los magistrados de la Décima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

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