/ jueves 22 de agosto de 2024

SCJN invalida adoctrinamiento contra el aborto en Ley de Educación de Nuevo León

Un ministro de la SCJN advirtió que la norma impugnada impone “límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso, de las mujeres y personas con la capacidad de gestar"

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción normativa de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León que, según los ministros del Alto Tribunal, buscaba adoctrinar a las infancias contra el aborto.

De forma unánime, los 10 ministros asistentes a la sesión de este jueves se manifestaron a favor de la eliminación de la fracción normativa “desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre el respeto a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural”, incluida en el Artículo 7, fracción XII, de la Ley de Educación de Nuevo León.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que consideró que la norma impugnada impide una educación de calidad neutral y objetiva.

El ministro ponente, Javier Laynez Potisek, argumentó en su proyecto que es la primera vez que la Corte analiza un asunto de estas características, y apuntó que “la educación laica, según la Constitución, debe ser completamente ajena a cualquier doctrina religiosa, promoviendo valores de pluralidad y tolerancia para asegurar el ejercicio del derecho a la libertad de creencias”.

La Ley de Educación de Nuevo León es inconstitucional, ya que además de adoctrinar, infringe los derechos de las mujeres y de las personas gestantes.

“El enfoque siempre tiene que estar en la niñez y su derecho a que se respete su libertad de creencias y pensamiento permitiendo que niños, niñas y adolescentes formen sus propias creencias y valores. Para ello deben recibir información objetiva, completa, sin riesgos religiosos o ideológicos”, agregó Laynez.

El artículo rechazado por la Corte establece, de acuerdo con el ministro, que uno de los fines de la educación pública en el Estado de Nuevo León es transmitir el respeto a la vida definiéndola “desde la concepción hasta la muerte natural”. Al respecto, recalcó Laynez Potisek, “la incorporación de este mensaje tiene la pretensión de adoctrinar a niños, niñas y adolescentes en una única concepción de vida con miras a evitar o inhibir que tomen decisiones libres sobre su cuerpo y su salud sexual y reproductiva”.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar Morales, advirtió que la norma impugnada “implícitamente, lo que está logrando, es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso, de las mujeres y personas con la capacidad de gestar, a decidir sobre su propio cuerpo y vida”.

También a favor del proyecto, Loretta Ortíz Ahlf refirió que “una disposición de esta naturaleza impacta de manera diferenciada en las mujeres y personas gestantes, pues contiene elementos valorativos intrínsecos que buscan proveer creencias éticas contrarias al aborto, y constituyen a creer prejuicios y estigmas en contra de las personas que buscan ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”.

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Con la aprobación de este proyecto, la Corte tumba el apartado normativo mencionado de la Ley de Educación de Nuevo León y los efectos deberán ser acotados por el Congreso del estado de Nuevo León.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción normativa de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León que, según los ministros del Alto Tribunal, buscaba adoctrinar a las infancias contra el aborto.

De forma unánime, los 10 ministros asistentes a la sesión de este jueves se manifestaron a favor de la eliminación de la fracción normativa “desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre el respeto a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural”, incluida en el Artículo 7, fracción XII, de la Ley de Educación de Nuevo León.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que consideró que la norma impugnada impide una educación de calidad neutral y objetiva.

El ministro ponente, Javier Laynez Potisek, argumentó en su proyecto que es la primera vez que la Corte analiza un asunto de estas características, y apuntó que “la educación laica, según la Constitución, debe ser completamente ajena a cualquier doctrina religiosa, promoviendo valores de pluralidad y tolerancia para asegurar el ejercicio del derecho a la libertad de creencias”.

La Ley de Educación de Nuevo León es inconstitucional, ya que además de adoctrinar, infringe los derechos de las mujeres y de las personas gestantes.

“El enfoque siempre tiene que estar en la niñez y su derecho a que se respete su libertad de creencias y pensamiento permitiendo que niños, niñas y adolescentes formen sus propias creencias y valores. Para ello deben recibir información objetiva, completa, sin riesgos religiosos o ideológicos”, agregó Laynez.

El artículo rechazado por la Corte establece, de acuerdo con el ministro, que uno de los fines de la educación pública en el Estado de Nuevo León es transmitir el respeto a la vida definiéndola “desde la concepción hasta la muerte natural”. Al respecto, recalcó Laynez Potisek, “la incorporación de este mensaje tiene la pretensión de adoctrinar a niños, niñas y adolescentes en una única concepción de vida con miras a evitar o inhibir que tomen decisiones libres sobre su cuerpo y su salud sexual y reproductiva”.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar Morales, advirtió que la norma impugnada “implícitamente, lo que está logrando, es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso, de las mujeres y personas con la capacidad de gestar, a decidir sobre su propio cuerpo y vida”.

También a favor del proyecto, Loretta Ortíz Ahlf refirió que “una disposición de esta naturaleza impacta de manera diferenciada en las mujeres y personas gestantes, pues contiene elementos valorativos intrínsecos que buscan proveer creencias éticas contrarias al aborto, y constituyen a creer prejuicios y estigmas en contra de las personas que buscan ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”.

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Con la aprobación de este proyecto, la Corte tumba el apartado normativo mencionado de la Ley de Educación de Nuevo León y los efectos deberán ser acotados por el Congreso del estado de Nuevo León.

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