/ jueves 22 de marzo de 2018

Tribunal Electoral rechaza validar fotocopias como apoyos a independientes

Declaró improcedente la impugnación del aspirante a diputado federal Víctor Amezcua Arista pues argumentaba que le negaba su derecho a ser votado

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó validar las fotocopias de credenciales como apoyos a candidaturas independientes a una diputación federal.

La sentencia, presentada por la magistrada presidente Janine Otálora Malassis, declara improcedente la impugnación del aspirante a la candidatura a diputado federal Víctor Amezcua Arista, quien argumentaba que el INE le negaba su derecho político a ser votado al rechazarle las firmas catalogadas como fotocopias.

"En el caso concreto, si en los lineamientos para la verificación de firmas establecieron de forma clara los supuestos por los cuales no se validarían los registros, incluido el correspondiente a la imagen fotográfica en blanco y negro, las fotocopias de la credencial para votar no deben considerarse como un elemento adecuado, pues el procedimiento para recabar el apoyo ciudadano se valora en su integralidad, esto es, con el conjunto de elementos que lo constituyen para que éste considere auténtico", dice la sentencia.

Así, el Tribunal emite un criterio que echa por tierra una de las vías que El Bronco tendría para recuperar las firmas que el INE le quitó por considerar que no cumplen las reglas dictadas por la ley electoral, y por lo tanto estaría por debajo del umbral para la candidatura presidencial.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó validar las fotocopias de credenciales como apoyos a candidaturas independientes a una diputación federal.

La sentencia, presentada por la magistrada presidente Janine Otálora Malassis, declara improcedente la impugnación del aspirante a la candidatura a diputado federal Víctor Amezcua Arista, quien argumentaba que el INE le negaba su derecho político a ser votado al rechazarle las firmas catalogadas como fotocopias.

"En el caso concreto, si en los lineamientos para la verificación de firmas establecieron de forma clara los supuestos por los cuales no se validarían los registros, incluido el correspondiente a la imagen fotográfica en blanco y negro, las fotocopias de la credencial para votar no deben considerarse como un elemento adecuado, pues el procedimiento para recabar el apoyo ciudadano se valora en su integralidad, esto es, con el conjunto de elementos que lo constituyen para que éste considere auténtico", dice la sentencia.

Así, el Tribunal emite un criterio que echa por tierra una de las vías que El Bronco tendría para recuperar las firmas que el INE le quitó por considerar que no cumplen las reglas dictadas por la ley electoral, y por lo tanto estaría por debajo del umbral para la candidatura presidencial.

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