La reforma que está en discusión sobre la Ley de Instituciones de Crédito ayudará a regular las plataformas o “empresa fantasma” que otorgan créditos irregulares y abusan de sus clientes al acceder a información personal y privada para extorsionarlos con darla a conocer ante retrasos en el pago de los créditos solicitados.
Saúl Herrera, socio encargado del área de litigio de una firma de consultoría legal y de servicios, explica que estas empresas y plataformas son conocidas como monta deudas, es decir, facilitan y son amables con los futuros clientes hasta que les otorgan el crédito pero a cambio de eso piden acceder a la lista de contactos, fotografías, videos y grabaciones contenidas en los dispositivos electrónicos de manera ilegal.
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Las montadeudas son empresas que simulan estar constituidas conforme a la Ley de Instituciones de Crédito pero en realidad no cumplen con los requisitos legales para poder funcionar como empresas o instituciones financieras y lo que hacen es ofertar préstamos irregulares.
Explicó que estas empresas, en la mayoría de los casos fantasmas, aprovechan la necesidad de personas que requieren de liquidez o acceder a un préstamo de forma inmediata y al no solicitarles mayores requisitos para facilitarles este préstamo, “las personas bajo esa necesidad tristemente caen con esas ofertas y lo que les solicitan a cambio son datos personales, acceso a sus usuarios o contactos personales, a las fotos o grabaciones que tengan en sus dispositivos móviles a efecto de facilitarles el préstamo”.
Ante la necesidad de contar con recursos para una emergencia o para darse un gusto, los afectados acceden a abrir todos los contenidos y posteriormente “estas empresas fantasmas o montadeudas, al retrasarse la persona en el pago del préstamo, los empiezan a presionar con hacer pública determinada información que han obtenido de sus contactos”.
Manifestó que estas empresas operan principalmente a través de todo el servicio de internet, plataformas y en redes sociales donde ofertan estos préstamos a efecto de que estas personas los contacten y puedan darles acceso a sus contactos.
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Es por eso que la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito tiene una aportación fundamental y en la que se prohíbe a las instituciones de crédito solicitar acceso a la información privada y al no tener acceso a estos datos las “empresas fantasmas o de otro tipo no podrían utilizar de forma ilegal o ilícita la información personal o privada
Además los afectados pueden solicitar la anulación de esas deudas porque no reúnen los requisitos marcados por la ley para que este tipo de empresas operen, es decir, se tendría que iniciar todo un proceso judicial para poder declarar la nulidad de la deuda.