Seguirán descuentos en adeudos vehiculares hasta el 29 de diciembre, serán del 50% para los contribuyentes que realicen el pago en las Recaudadoras del Estado y del 55% de descuento a toda la población que paguen a través de medios electrónicos o alternos.
El pago puede ser directo en cualquiera de las 135 Oficinas de Recaudación Fiscal Estatal ubicadas en el Area Metropolitana de Guadalajara y en el interior del estado https://gobjal.mx/RecaudadorasAMG; para las personas que realicen su pago en línea será a través de la página https://gobjal.mx/PagoVehicular (https://gobjal.mx/PagoVehicular)
El descuento no está condicionado al pago en una sola exhibición, esto quiere decir que la o él contribuyente podrá seleccionar el adeudo que desea pagar para aprovechar la reducción en los adeudos señalados.
La Secretaría de Hacienda Pública, informó que dl 50% de descuento en las multas no fiscales, impuestas por infracciones en materia de movilidad, tránsito y transporte, así como de los recargos generados correspondientes a dichas sanciones, a los propietarios de vehículos registrados en el Padrón Estatal de Contribuyentes, e impuestas por autoridades estatales competentes en la materia.
A excepción de las impuestas por conducir bajo el influjo de alcohol o drogas, y las que tienen que ver con la invasión de carriles exclusivos para transporte público, colectivo y masivo, cuando el pago se realice en las Recaudadoras del Estado.
Se condona el 50% en las multas fiscales, generadas por la omisión de pago del derecho de refrendo anual y holograma para automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores, remolques y motocicletas, para el servicio particular y público, así como recargos generados, cuando el pago se realice en las Recaudadoras.
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Y se aplicará el 55% de descuento en las multas fiscales, generadas por la omisión de pago del derecho de refrendo anual y holograma para automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores, remolques y motocicletas, para el servicio particular y público, así como de los recargos generados, a los propietarios de vehículos registrados en el Padrón Estatal de Contribuyentes e impuestas por la Secretaría de la Hacienda Pública, cuando el pago se realice a través de medios electrónicos o alternos.
Se podrá condonar el 55% realizando el pago en línea, en las multas no fiscales, impuestas por infracciones en materia de movilidad, tránsito y transporte, así como de los recargos generados correspondientes a dichas sanciones, a los propietarios de vehículos registrados en el Padrón Estatal de Contribuyentes e impuestas por autoridades estatales competentes en la materia, a excepción de las impuestas por conducir bajo el influjo de alcohol o drogas, y las que tienen que ver con la invasión de carriles exclusivos para transporte público, colectivo y masivo, cuando el pago se realice a través de medios electrónicos o alternos.