El diputado Óscar Arturo Herrera Estrada, coordinador de la fracción parlamentaria del PT, propuso iniciativa que pretende que los vecinos que se sientan violentados en alguno de sus derechos, conozcan el proyecto de construcción previo a su inicio, durante el desarrollo y previo a su conclusión, para evitar en la mayor medida posible futuras afectaciones y largos juicios, "que desde el inicio se pueda suspender y solventar irregularidades o rediseñar la construcción para evitar violaciones al derecho".
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Así mismo, busca que tanto el propietario, los servidores públicos que intervinieron en la autorización o expedición de permiso irregular de alguna acción urbanística, así como los peritos responsables de obra y los profesionistas que signen la bitácora de obra, tengan responsabilidad patrimonial por autorizar, construir y permitir construcciones irregulares que violenten derechos de terceros.
La reforma que propone es a los artículos 248 y 376 del Código Urbano de Jalisco.
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Expuso que las quejas vecinales por obras irregulares son una situación muy común recurrente desde hace varios años en las ciudades,"por autorizaciones oscuras, faltas a los planes parciales de desarrollo, riesgos a fincas aledañas, corrupción, falta de planeación, irregularidades en la expedición de la factibilidad del agua, planeación vial ante crecimiento de viviendas y edificios, así como por las resoluciones contradictorias del Tribunal de Justicia Administrativa, de la Procuraduría de Desarrollo Urbano o de los propios ayuntamientos".
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Lamentó el diputado petista que es frecuente conocer historias de violaciones a los usos de suelo, altura o plantas permitidas, fallas en estructuras, escasez de espacio y servicios públicos, destrucción del medio ambiente, todo por construcciones que de acuerdo con nuestro derecho no deben permitirse.
Sin embargo, indicó en la mayoría de los casos los vecinos afectados se enteran de las construcciones irregulares cuando las mismas ya están por concluir o ya están terminadas, o peor aún, cuando ya se realizaron rentas, ventas y traspasos de propiedad o posesión de esas construcciones irregulares.
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"Viene entonces el problema de que la edificación no se puede clausurar porque ya está hecha y habitada, y no es sino hasta después de un largo proceso judicial, que en la mayoría de los casos concluye con un irrisorio pago de perjuicios u obligaciones de hacer a los ayuntamientos para readecuación de servicios públicos".
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-Propone añadir al artículo 376 del Código Urbano de Jalisco: Pago de reparación del daño al propietario, los servidores públicos que intervinieron en la autorización o expedición de permiso irregular de alguna acción urbanística, así como los peritos responsables de obra y los profesionistas que signen la bitácora de obra, tengan responsabilidad patrimonial por autorizar, construir y permitir construcciones irregulares que violenten derechos de terceros.