Reformar el Código Civil del Estado y la Ley del Registro Civil de Jalisco para permitir el registro de menores de edad como hijos de comaternidad, "hijos producto de la relación lesboparental", propuso el diputado del PRD Enrique Velázquez, el no permitir el registro de los menores en el Registro Civil transgrede los derechos de los infantes, aseveró.
Citó el caso de parejas del municipio de Zapopan y Chapala a las que les negaron el hacerlo.
Lo que pretende con esta reforma es proteger el interés superior del menor; proteger el derecho humano a la identidad, "toda persona en México tiene derecho a tener un nombre y un apellido y no permitir el registro de menores hijos de comaternidad violenta el derecho de los menores", subrayó el legislador Velázquez.
Destacó que se tiene como antecedente la Recomendación 27/18 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco (CEDH) en el 2018, derivada de la queja interpuesta por una pareja homoparental, que intentó registrar en el Registro Civil número 3 de Zapopan, a sus hijas con el apellido de ambas, y este le negó el registro, argumentando que no existía disposición legal que lo permitiera y los formatos vigentes no lo permitían.
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La CEDHJ determinó en la Recomendación que el Registro Civil violó los derechos de identidad y al libre desarrollo de la personalidad, recomendó al Registro Civil del Estado de Jalisco adecuar y cambiar los formatos y que modificará su reglamento, con la finalidad de permitir el registro con el apellido de ambas.
Solicitó al Congreso del Estado armonizar la legislación en materia civil, que permita al reconocimiento de hijos en las relaciones homoparentales, lesbomaternales, transparentales y transmaternales de la diversidad sexual, indicó Velázquez.
El trámite en el Poder Legislativo fue el 9 de agosto de 2018, se notificó al Congreso la recomendación 27/18, y se turnó a la Comisión de Derechos Humanos de la LXI legislatura.
"El trámite fue incierto, solo se señala que se resolvió en la sesión Vigésima Segunda sesión Ordinaria de la Comisión. A la CEDHJ la considera en vías de cumplimiento la recomendación".
El diputado Enrique Velázquez, señaló que la negativa del registro civil para registrar al menor o menores antes de casarse, asumiendo que dada su condición de familia, ambas deberían ser reconocidas como madres de aquél o aquellos. villa los derechos humanos de los menores.
Antecedentes
Refirió casos como antecedentes en Yucatán.En 2015, en Yucatán, una pareja logró a través de un Amparo que concedió el Juez Quinto de Distrito con sede en Mérida, registrar a su hijo recién nacido con el reconocimiento de ambas como figuras parentales, luego del que el Registro Civil de Yucatán se negó a inscribir al menor con sus apellidos porque no tiene la sangre de las dos.
En este caso la pareja ya había contraído nupcias previamente, el cual lograron a través de un Amparo.
Aguascalientes- Amparo 852/2017-SCJN (2019)
Una pareja del mismo sexo en situación de concubinato, intento registrar a una menor como hija de ambas, la Primera Sala de la SCJN determinó declarar inconstitucional que se limite el derecho de filiación de los menores que nacen en el seno de uniones familiares homoparentales. La negativa de registro de hijos de familias homoparentales, viola los derechos de los menores de edad y es inconstitucional.
En el año 2019 en Chihuahua, un transgénero de 26 años, quien nació mujer y logró ser hombre de manera legal, e Irvin, un hombre bisexual de 34 años.
La pareja realizó el trámite con la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y el respaldo del Movimiento Integración de la Diversidad.