/ martes 22 de octubre de 2019

Proponen incluir en la legislación cuidados paliativos pediátricos con enfermedades crónicas

El diputado morenista, Arturo Lemus Herrera, agregó que estos forman parte de un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes

Incluir en la legislación cuidados paliativos pediátricos con enfermedades crónicas, propuso el diputado de Morena, Arturo Lemus Herrera.

Acompañado por la psicóloga Fabiola Montoya Martín Del Campo, impulsora de los cuidados paliativos a nivel nacional, Co- fundadora de la asociación “Mi Gran Esperanza” y que debido a sus gestiones Jalisco fue el primer Estado en tener una ley sobre cuidados paliativos en el 2003, posteriormente, en el 2009 contribuyó a que se publicara la Ley Federal en Materia de Cuidados Paliativos.



No dejes de leer:


El diputado Lemus Herrera presentará en la próxima sesión del pleno la modificación a la Ley de Salud del Estado de Jalisco para establecer programas y políticas públicas encaminadas a ofrecer cuidados paliativos a los menores de edad que sufren afecciones crónicas y mejorar su calidad de vida.

“En la ley no se contemplan los cuidados paliativos pediátricos y en la norma oficial mexicana sí. En el Senado de la República ya hubo un planteamiento en ese sentido, está en proceso. Vemos en el desamparo a muchos pacientes menores de edad y eso realmente nos duele y nos preocupa", manifestó.

El diputado morenista agregó que los cuidados paliativos forman parte de un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes, la Organización Mundial de la Salud (OMS) los define como la “atención integral del cuerpo, la mente y el espíritu del niño, así como la protección del niño y la familia”.



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En Jalisco existe el Instituto Jalisciense de Alivio al Dolor y Cuidados Paliativos, creado en el año 2001 y la Unidad de Cuidados Paliativos Pediátricos “Pablo Jiménez”, que comenzó funciones hace poco menos de un año, pero no es suficiente para atender a la población con dolores crónicos, apuntó el legislador.

La mayor parte de los recursos orientados a cuidados paliativos atiende a la población adulta y los menores han sido dejados de lado, pues sólo el 1% de los menores susceptibles de dicha atención reciben el servicio.

La propuesta de ley pretende la modificación de cuatro artículos de la Ley de Salud del Estado con la finalidad de que los cuidados paliativos pediátricos sean dignos y apropiados.

Propuesta

- Art. 54 III

Agrega cuidados paliativos pediátricos.

- Art. 60 II

Se integra el tomar en cuenta la edad y la condición mental.

- Art. 61 IV

Se agrega que se dará la atención en PALIA

- Art. 67 III

Se da la pauta para que existan más unidades médicas y las cuales a su vez estarán obligadas a proveer capacitación a familiares y/o cuidadores para que den trato personalizado a las necesidades del paciente.

Incluir en la legislación cuidados paliativos pediátricos con enfermedades crónicas, propuso el diputado de Morena, Arturo Lemus Herrera.

Acompañado por la psicóloga Fabiola Montoya Martín Del Campo, impulsora de los cuidados paliativos a nivel nacional, Co- fundadora de la asociación “Mi Gran Esperanza” y que debido a sus gestiones Jalisco fue el primer Estado en tener una ley sobre cuidados paliativos en el 2003, posteriormente, en el 2009 contribuyó a que se publicara la Ley Federal en Materia de Cuidados Paliativos.



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El diputado morenista agregó que los cuidados paliativos forman parte de un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes, la Organización Mundial de la Salud (OMS) los define como la “atención integral del cuerpo, la mente y el espíritu del niño, así como la protección del niño y la familia”.



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La mayor parte de los recursos orientados a cuidados paliativos atiende a la población adulta y los menores han sido dejados de lado, pues sólo el 1% de los menores susceptibles de dicha atención reciben el servicio.

La propuesta de ley pretende la modificación de cuatro artículos de la Ley de Salud del Estado con la finalidad de que los cuidados paliativos pediátricos sean dignos y apropiados.

Propuesta

- Art. 54 III

Agrega cuidados paliativos pediátricos.

- Art. 60 II

Se integra el tomar en cuenta la edad y la condición mental.

- Art. 61 IV

Se agrega que se dará la atención en PALIA

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