/ domingo 19 de enero de 2020

Propone bancada del PRD castigar de 1 a 12 años prisión a quien usurpe profesiones de salud

Dicha iniciativa es del diputado Enrique Velázquez y la apoya el coordinador de la Fracción Quirino Velázquez

Castigar con 1 a 12 años de prisión a quien usurpe profesiones de salud y provoque daños en la salud de los pacientes, propuso la bancada del PRD en el Congreso del Estado.



Chécalo:


La propuesta es del diputado Enrique Velázquez y la apoya el coordinador de la Fracción Quirino Velázquez. Plantea Reforma la Ley Estatal de Salud y Código Penal para dejar establecido que para ejercicio actividades profesionales en el campo de la medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, optometría, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas y las demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables, deberán contar con título y cédula profesional y, en su caso, el grado de especialidad médica.Tratándose de especialidades médicas, deberán contar con certificación vigente.

Expuso el legislador que se crea un artículo específico sobre cirugía estética señalando que solo se podrá practicar en unidades médicas con licencia sanitaria vigente.


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Se prohíbe realizar procedimientos de medicina o cirugía estética y reconstructiva en peluquerías, salones de belleza, estéticas u otros similares.

En cuanto a la "usurpación de profesiones de salud", se crea la tipificación como delito de "usurpación de profesiones de la salud”. Propone que cometerá el delito quien teniendo la formación de médico practique o convenga la realización de una cirugía de especialidad sin contar con la certificación; al que sin ser médico ni especialista se ostente como tal; se oferte como médico con especialidad, y quienes oferten cursos de especialidad careciendo del diploma y cédula de la especialidad de que se trate y sin con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios validado por la autoridad educativa competente o los Organismos Descentralizados del Estado facultados para ello.

Conductas que se sancionan

-Al que se atribuya el carácter de profesionista en el campo de la medicina, odontología, biología, bacteriología, optometría, enfermería, trabajo social, química, psicología, nutrición, dietología, patología y sus ramas, sin haber cursado los estudios 6 meses a 6 años de prisión.

-Cuando la usurpación haya dado lugar o causara daño en la salud de las personas De 1 a 12 años de prisión

-Convenga el otorgamiento a su cargo de servicios quirúrgicos de especialidad o subespecialidad, sin contar con el diploma De 6 meses a 6 años y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

-Realice actos quirúrgicos que correspondan a una especialidad o subespecialidad, sin contar con el diploma y cédula de la especialidad.

-Se tipificará como parte de la responsabilidad médica que los establecimientos sanitarios no verifiquen la entrega de la copia certificada de su diploma de especialidad, cédula profesional y el certificado vigente del Consejo de la Especialidad según corresponda, se impone una pena de doscientos cincuenta (21 mil720 pesos ) a mil veces (86 mil 880 pesos) el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Castigar con 1 a 12 años de prisión a quien usurpe profesiones de salud y provoque daños en la salud de los pacientes, propuso la bancada del PRD en el Congreso del Estado.



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La propuesta es del diputado Enrique Velázquez y la apoya el coordinador de la Fracción Quirino Velázquez. Plantea Reforma la Ley Estatal de Salud y Código Penal para dejar establecido que para ejercicio actividades profesionales en el campo de la medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, optometría, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas y las demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables, deberán contar con título y cédula profesional y, en su caso, el grado de especialidad médica.Tratándose de especialidades médicas, deberán contar con certificación vigente.

Expuso el legislador que se crea un artículo específico sobre cirugía estética señalando que solo se podrá practicar en unidades médicas con licencia sanitaria vigente.


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Se prohíbe realizar procedimientos de medicina o cirugía estética y reconstructiva en peluquerías, salones de belleza, estéticas u otros similares.

En cuanto a la "usurpación de profesiones de salud", se crea la tipificación como delito de "usurpación de profesiones de la salud”. Propone que cometerá el delito quien teniendo la formación de médico practique o convenga la realización de una cirugía de especialidad sin contar con la certificación; al que sin ser médico ni especialista se ostente como tal; se oferte como médico con especialidad, y quienes oferten cursos de especialidad careciendo del diploma y cédula de la especialidad de que se trate y sin con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios validado por la autoridad educativa competente o los Organismos Descentralizados del Estado facultados para ello.

Conductas que se sancionan

-Al que se atribuya el carácter de profesionista en el campo de la medicina, odontología, biología, bacteriología, optometría, enfermería, trabajo social, química, psicología, nutrición, dietología, patología y sus ramas, sin haber cursado los estudios 6 meses a 6 años de prisión.

-Cuando la usurpación haya dado lugar o causara daño en la salud de las personas De 1 a 12 años de prisión

-Convenga el otorgamiento a su cargo de servicios quirúrgicos de especialidad o subespecialidad, sin contar con el diploma De 6 meses a 6 años y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

-Realice actos quirúrgicos que correspondan a una especialidad o subespecialidad, sin contar con el diploma y cédula de la especialidad.

-Se tipificará como parte de la responsabilidad médica que los establecimientos sanitarios no verifiquen la entrega de la copia certificada de su diploma de especialidad, cédula profesional y el certificado vigente del Consejo de la Especialidad según corresponda, se impone una pena de doscientos cincuenta (21 mil720 pesos ) a mil veces (86 mil 880 pesos) el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

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