La destitución inmediata, solicitaron organismos no gubernamentales en el caso de la actual secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, Fela Patricia Pelayo López, a quien se le demostró un año y siete meses después de asumir el cargo, que no tiene título.
Ella no culminó la licenciatura de mercadotecnia y reconoció que no tiene título.
La funcionaria consideró “irrelevante el tema” y en cambio sí tiene amplia experiencia en los temas. “Es un asunto de experiencia”, dijo.
Guadalupe Ramos Ponce, del Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de la mujer (CLADEM), consideró lamentable el suceso y pidió que se investigue el caso, pero además el currículum de todo el gabinete a nivel de secretarios.
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“Si se cometió una falta en este nivel, en una secretaría de tal importancia y no se están cumliendo los requisitos de ley, ni siquiera los requisitos formales, esto nos parece que hay una falta grave; si hay alguien que debe cumplir con lo que mandata la ley son las propias instituciones y el propio gobierno”, destacó Ramos Ponce, que es además catedrática y especialista en derechos humanos y de la mujer.
Por otro lado, el Comité de Participación Social del Sistema Anticorrupción en Jalisco se abocó a analizar el caso y lanzó un pronunciamiento al respecto.
Su presidenta Lucía Almaraz fue enfática al señalar que se viola la ley al ocupar el cargo sin contar con título universitario a nivel licenciatura “para poder ser secretaria o secretario exige la ley que se cuente con un título y ella misma declara que no cuenta con el mismo; por otro lado hay que observar el hecho de que ha firmado como licenciada, también tendríamos que estar observando el tema en el ámbito penal, porque ha firmado como licenciada, por qué los oficios salen como licenciada”, explicó.
Dijo que lo mejor en este momento lo más viable es que se revisaran todos los cargos de esos niveles y que por lo menos reúnan los requisitos que marca la ley. Es deber de la Contraloría del Estado investigar el caso.
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⇥ Artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo ⇤
El artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que “los titulares de las dependencias y entidades podrán ser nombrados y removidos de su cargo libremente por el Gobernador del Estado, salvo que las leyes dispongan algún procedimiento especial para ello”.
Cita además que “para ser titular de alguna dependencia o entidad, además de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de Jalisco, se requerirá por lo menos:
Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y
Contar con estudios a nivel licenciatura, preferentemente en la materia sustantiva de la dependencia o entidad respectiva o experiencia en el ramo.