Si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no decide otra cosa, las fechas para las declaraciones de personas morales correspondientes al ejercicio 2019 deberán hacerse antes del 31 de marzo, que es la fecha límite y personas físicas tienen hasta el 30 de abril, advirtió Jaime Enrique Morelos Sánchez, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara.
“Todo contribuyente debe hacerse responsable de que su declaración anual de impuestos se haga en tiempo y forma, para así evitar problemas con la autoridad fiscal, ya que, si pasan doce meses y no está presentada, se puede sancionar con una sanción monetaria y en algunos casos pena corporal”.
Sugirió que sea un contador quien las haga para evitar errores, pues ante la pandemia por el nuevo coronavirus, el SAT cerró sus salas que ofrecen asesoría y atienden solo por cita.
Además, existe un simulador que se puede utilizar en la página del SAT, donde ya aparecen los ingresos del contribuyente en forma automática.
De acuerdo con el presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores, Ernesto De la Torre Peredo, es indispensable que se revise cada una de las partidas.
Y es que hay contribuyentes que han tenido ingresos que desconocen y, en ocasiones, se trata de robo de identidad, lo cual de inmediato se tiene que denunciar a las autoridades para evitar más acciones fraudulentas.
“No hay que eliminar esos ingresos, hasta que se tenga presentada la denuncia antes mencionada y lo recomendable es que el contribuyente se asesore por un abogado fiscalista”, dijo De la Torre Peredo.
Ambos recomendaron también revisar a detalle bien los ingresos para evitar la discrepancia fiscal, que es cuando no se justifican ciertos gastos, adquisiciones, depósitos, inversiones, contra los ingresos porque se puede caer en defraudación fiscal.
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