Debe el Gobierno federal justificar el traslado de 380 internos del penal federal de Puente Grande al Centro Federal número 17 de Buenavista, municipio de Tomatlán, en Michoacán, informó el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo AC (CEPAD) a través de un comunicado.
El Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es señalado como la autoridad responsable de dicho traslado.
“Las siguientes horas han transcurrido en total opacidad”, afirman y las autoridades no han confirmado ni desmentido, dice en el documento.
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Únicamente, afirman, se cita la “peligrosidad de las personas trasladadas” y que supuestamente fueron trasladadas al Centro Federal de Readaptación Social número 17 con sede en Buenavista, municipio de Tomatlán, en Michoacán.
El CEPAD dice que “este traslado ha causado un impacto negativo en las familias y acompañantes a quienes se les ha negado a acceder a una información puntual del suceso, certeza jurídica y comunicación con sus personas privadas de la libertad y sin que hasta el momento se tengan mayores detalles de los motivos o la situación actual de las personas trasladadas”.
Las organizaciones de la sociedad civil defensoras de derechos humanos expresamos nuestra preocupación sobre la legalidad de dichas acciones, ya que como establece la Ley Nacional de Ejecución de Penal (LNEP) tratándose de traslados involuntarios por disposición de la autoridad penitenciaria, esta cuenta con 24 horas para notificar al o la juez de Ejecución competente para que éste, a su vez, en un lapso de 48 horas más, califique de legal dicha determinación”.
También afirman que esta ley también contempla que las personas puedan impugnar la resolución judicial y de hecho en Jalisco ya se presentaron al menos dos amparos.