/ sábado 13 de febrero de 2021

Exigen reglas claras en el regreso a la funcionalidad de Ciudad Judicial

Abogados están inconformes sobre la operación de los juzgados frente a la pandemia

Abogados colegiados exigieron al Consejo de la Judicatura reglas claras en cuanto a la operación de la Ciudad Judicial y los juzgados y, que este viernes, -se acordó en el pleno- reactiva términos legales y reinicia actividades.

Fue en concreto la Asociación de Abogados en Pro de la Administración de Justicia la que se expresó inconforme por lo que dijo es falta de claridad.

Por si te interesa leer:

Debe el Consejo de la Judicatura -resaltó en un escrito- dar a conocer las reglas de operación de los juzgados ubicados en la Ciudad Judicial del estado, Juzgados Especializados y Juzgados Mixtos de Primera Instancia.

Consideran que se está incurriendo con ello en un menosprecio y falta de respeto para la comunidad de abogados litigantes y para la sociedad, todos ellos en espera de justicia.

“Buscamos que se reactiven los juicios de manera efectiva y se cuide de la salud de los funcionarios, litigantes y de toda la sociedad. La mejor manera de hacerlo es que se reduzca el ingreso a los Juzgados y esto solo puede hacerse con un mecanismo de operación realmente efectivo”.

“Esperamos que el Consejo de la Judicatura emita las reglas de operación y funcionamiento”, expresaron en ocho puntos que a continuación damos a conocer:

LOS OCHO PUNTOS

1. Plazo de respuesta cierto para el dictado de los acuerdos y sentencias. Aunque la ley los establece en la práctica no se cumplen, nuestra finalidad es la certeza jurídica para evitar el traslado a los juzgados para tales efectos, también buscamos el estar promoviendo quejas.

2. Que las notificaciones no personales se realicen con extractos completos por el Boletín Judicial. No queremos que repitan los vicios de que se nos tiene por notificados el día de la publicación y el sistema nos da la cita a dos meses para revisar ese acuerdo.

- Si no lo pueden hacer, que se nos notifiquen todos los acuerdos de manera personal.

- Notifican sentencias por Boletín Judicial y cuando tenemos la cita el término de apelación ya se nos venció.

3. Que cada juzgado indique en sus acuerdos el medio de comunicación que habrá de prevalecer con cada funcionario, señalando con claridad el número de teléfono, WhatsApp o correo electrónico; y en su caso los horarios de atención.

4. Que se precise, cómo habrán de realizarse los requerimientos, emplazamientos y todas las diligencias fuera de juzgado.

5. Que los turnos se nos dejen a disposición en el archivo del juzgado, para no tener que estar ingresando para localizar expediente, turnar y estar dando vueltas para verificar que esté listo. En los acuerdos que se ordene girar oficio, exhorto o expedir copias, que se establezca la fecha y plazo para su recepción.

6. Es necesario que amplíen el horario de atención de la oficialía de partes común, para presentar demandas y promociones aunque no sean de término de las 9:00 a las 23:59 horas; por lo menos en lo que se abate el rezago que generó la suspensión de labores.

7. Que se precise cómo será la consulta presencial de expedientes. Aclaren el concepto “tele comunicación informal”, para que no deje ninguna duda su funcionamiento.

8. Aclaren, cómo habrán de revisarse expedientes voluminosos o con dos o tres tomos o las copias de traslado que queden en el secreto del juzgado o la imposición de escritos de la contraparte cuando se nos “corra traslado” o “ de vista”.


Abogados colegiados exigieron al Consejo de la Judicatura reglas claras en cuanto a la operación de la Ciudad Judicial y los juzgados y, que este viernes, -se acordó en el pleno- reactiva términos legales y reinicia actividades.

Fue en concreto la Asociación de Abogados en Pro de la Administración de Justicia la que se expresó inconforme por lo que dijo es falta de claridad.

Por si te interesa leer:

Debe el Consejo de la Judicatura -resaltó en un escrito- dar a conocer las reglas de operación de los juzgados ubicados en la Ciudad Judicial del estado, Juzgados Especializados y Juzgados Mixtos de Primera Instancia.

Consideran que se está incurriendo con ello en un menosprecio y falta de respeto para la comunidad de abogados litigantes y para la sociedad, todos ellos en espera de justicia.

“Buscamos que se reactiven los juicios de manera efectiva y se cuide de la salud de los funcionarios, litigantes y de toda la sociedad. La mejor manera de hacerlo es que se reduzca el ingreso a los Juzgados y esto solo puede hacerse con un mecanismo de operación realmente efectivo”.

“Esperamos que el Consejo de la Judicatura emita las reglas de operación y funcionamiento”, expresaron en ocho puntos que a continuación damos a conocer:

LOS OCHO PUNTOS

1. Plazo de respuesta cierto para el dictado de los acuerdos y sentencias. Aunque la ley los establece en la práctica no se cumplen, nuestra finalidad es la certeza jurídica para evitar el traslado a los juzgados para tales efectos, también buscamos el estar promoviendo quejas.

2. Que las notificaciones no personales se realicen con extractos completos por el Boletín Judicial. No queremos que repitan los vicios de que se nos tiene por notificados el día de la publicación y el sistema nos da la cita a dos meses para revisar ese acuerdo.

- Si no lo pueden hacer, que se nos notifiquen todos los acuerdos de manera personal.

- Notifican sentencias por Boletín Judicial y cuando tenemos la cita el término de apelación ya se nos venció.

3. Que cada juzgado indique en sus acuerdos el medio de comunicación que habrá de prevalecer con cada funcionario, señalando con claridad el número de teléfono, WhatsApp o correo electrónico; y en su caso los horarios de atención.

4. Que se precise, cómo habrán de realizarse los requerimientos, emplazamientos y todas las diligencias fuera de juzgado.

5. Que los turnos se nos dejen a disposición en el archivo del juzgado, para no tener que estar ingresando para localizar expediente, turnar y estar dando vueltas para verificar que esté listo. En los acuerdos que se ordene girar oficio, exhorto o expedir copias, que se establezca la fecha y plazo para su recepción.

6. Es necesario que amplíen el horario de atención de la oficialía de partes común, para presentar demandas y promociones aunque no sean de término de las 9:00 a las 23:59 horas; por lo menos en lo que se abate el rezago que generó la suspensión de labores.

7. Que se precise cómo será la consulta presencial de expedientes. Aclaren el concepto “tele comunicación informal”, para que no deje ninguna duda su funcionamiento.

8. Aclaren, cómo habrán de revisarse expedientes voluminosos o con dos o tres tomos o las copias de traslado que queden en el secreto del juzgado o la imposición de escritos de la contraparte cuando se nos “corra traslado” o “ de vista”.


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