Los jugadores que acudan a los casinos cada que soliciten jugar por determinada cantidad pagarán un 10 por ciento de impuesto.
El Gobierno del Estado optará por la industria del juego con apuestas como una fuente potencial de recaudación.
Por si no lo leíste:
De acuerdo a la Ley de Ingresos del Estado del 2021, se adicionará el Impuesto sobre Erogaciones de Juegos con Apuestas para el Ejercicio Fiscal del próximo año, en el artículo 13 Bis, con una tasa del 10%.
El diputado presidente de la Comisión de Hacienda, Quirino Velázquez dijo que se amplía el catálogo de cobro.
"Hay un impuesto que se cobra a los casinos y ahora se cobrará un 10 por ciento a quien desee jugar. Llega y dice quiero jugar tal cantidad y pagará un 10 por ciento. Lo que tenemos establecido es que lo pagará la persona que desee jugar".
Aparte, el casino seguirá pagando el impuesto respectivo, sólo que ahora la ciudadanía no paga impuestos por jugar un sorteo "y ahora si quieres jugar sorteos pagarás un impuesto".
Checa el dato:
En la exposición que hace el Poder Ejecutivo en la iniciativa de la Ley de Ingresos del Estado para el 2021, señala que estiman factible optar por la industria del juego con apuestas como una fuente de potencial de recaudación y considerando que no proporciona a la sociedad los beneficios directos o indirectos que esta demanda, ni compensa plenamente los costos que trae consigo la industria mencionada.
Indican que la industria del entretenimiento "produce efectos no deseables a la sociedad que otros sectores económicos no generan. El costo de estos efectos es elevado, pues entre éstas se incluyen pérdidas por la reducción de la productividad y concentración en el trabajo, reducción del ahorro y tratamiento de adicciones, lo cual se considera puede ser disminuido a través de diversas acciones".
El Poder Ejecutivo, señala "como último recurso, se analizaron las alternativas de nuevas fuentes de ingresos adicionales, a través de nuevas contribuciones, que tuvieran un potencial de recaudación, pero sin afectar la economía familiar de los jaliscienses, ni la actividad económica en la que interviene la mayor parte de la población, ni sectores productivos".
En relación al impuesto sobre enajenación y distribución de boletos de rifas y sorteos, se reduce la tasa para homologarla con el impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, juegos con apuesta y concursos de toda clase, quedando ambos con una tasa del 6% y permitiendo de esta manera que el pago sea deducible para efectos del impuesto sobre la renta.