Decisión de TEPJF de convocatoria para mujeres rompería paridad en IEPC de Jalisco

Con esto el consejo local quedaría desproporcionado ya que estarían cinco mujeres y dos hombres

Víctor Ramírez | El Occidental

  · jueves 17 de junio de 2021

Foto: Cortesía | Tribunal Electoral

La decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de ordenar al INE que emita una convocatoria exclusiva para mujeres para elegir a quien encabece la presidencia del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Jalisco contribuye al tema de la paridad de género en todos los cargos, pero sólo para las mujeres y limita el derecho de participación por los cargos públicos señaló el presidente del organismo, Guillermo Alcaraz Cross.

Aún sin conocer a fondo el contenido de la sentencia del tribunal electoral federal, indicó que revocar esta convocatoria para que sólo se inscriban mujeres, limita la participación de hombres y mujeres en igualdad de condiciones por los cargos públicos y dejaría en condiciones de desigualdad la conformación del pleno del organismo en Jalisco.

Chécalo:

“Ya lo resolvieron en el mismo sentido en dos casos, uno de ellos fue Chihuahua, y lo resolvieron inclusive una vez agotado ya el proceso, habiendo una convocatoria consentida y lo que resolvieron es que había que volvieran a convocar para que sólo participaran mujeres”, explicó Guillermo Alcaraz.

Desde su punto de vista esta decisión tiene que ver con el ánimo de lograr la paridad pero “pareciera que se limita la posibilidad que tanto hombres como mujeres pudiéramos participar por el mismo espacio y esto pareciera que es una limitación en términos de un defecto importante para la igualdad, sin embargo no conozco la resolución”, y con esto el consejo local quedaría desproporcionado ya que estarían cinco mujeres y dos hombres.

Es decir “el tema paritario es un tema que ha tenido una connotación en este estado de ser un derecho que sólo corresponde a las mujeres y me refiero al Estado Mexicano no al de Jalisco, así lo ha pronunciado un magistrado de la Sala Superior ene se sentido de que no obstante de que el termino paritario significa par y el derecho paritario sólo asiste a las mujeres y en ese sentido pareciera que habiendo un número mayor de mujeres también se cumple la paridad, eso es lo que han resuelto los tribunales”.

Sin embargo, esta decisión de que la paridad es una base y no un techo para beneficiar sólo a las mujeres podría llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre todo porque una ley no puede estar por encima de la Constitución y los derechos enmarcados en ella, también porque ya estaba en proceso la actual convocatoria y había inscritos tanto mujeres como hombres.



  • Suscríbete a nuestro servicio de Telegram
  • Suscríbete a nuestra edición digital