El Gobierno de Jalisco rechazó la medida cautelar emitida por las autoridades de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ) y no retirará la restricción de ingresos de adultos mayores a tiendas de autoservicio por ser un grupo de mayor riesgo de contagios de Covid-19.
A través de un comunicado del Gobierno del Estado dio a conocer que “la limitación para adultos mayores de 60 años se mantiene porque son el grupo de población más vulnerable ante la pandemia por Covid-19”.
Explican que dicha medida preventiva se mantendrá por un corto periodo, es decir hasta el próximo “viernes 12 de febrero y en tanto se pueda controlar la emergencia sanitaria en el estado”.
Uno de los argumentos para rechazar la medida cautelar de la CEDH es porque el 68.47% de las defunciones registradas por Covid-19 en Jalisco representan a adultos mayores.
En ese sentido reiteran que “las medidas aprobadas por este órgano no contemplan la restricción del acceso de mujeres embarazadas a tiendas de autoservicio, departamentales y comercio”.
En cuanto a los adultos mayores, destacan “que son el grupo de población más vulnerable ante la pandemia por Covid-19, por lo que esta medida preventiva debe mantenerse. Al corte del 5 de febrero de 2021, de los 203 mil 784 casos activos notificados mediante el Sistema Radar Jalisco, el 16.38% corresponden a personas de 60 y más años de edad”.
Además, los adultos mayores representan el 68.47% de las ocho mil 857 defunciones ocurridas en Jalisco. Es por eso que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los Centros de Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos, consideran a las personas mayores de 60 años como un grupo vulnerable a la infección por SARS-COV-2 debido a su alto riesgo de hospitalización y muerte; en este sentido, la mortalidad en este grupo de la población es cinco veces mayor que el promedio mundial.
“Dicha medida fue recomendada por la Mesa Especializada de Salud, en la sesión de fecha 15 de enero de 2021, bajo aspectos técnicos y científicos, considerando las características del grupo de riesgo, los lugares materia de la restricción y el contexto”, se lee en el documento de respuesta dirigida al Visitador General de la CEDHJ.
Explican que dicha medida controversial es de carácter extraordinario, temporal y transitorio, esto es, sólo estará vigente por un corto periodo: hasta el 12 de febrero de 2021 y en tanto se pueda controlar la emergencia sanitaria en el Estado”.
Aseguran que “no tiene como finalidad el generar una restricción permanente ni discriminatoria para los adultos mayores, pues solo está vigente en tanto cumple su objeto”.
Sostienen que la gran mayoría de las medidas de seguridad sanitaria que se han emitido hasta el momento y “han limitado o restringido en cierto grado derechos y libertades de la población. Sin embargo, todas y cada una de dichas medidas se han sustentado en evidencia científica y epidemiológica, ponderando, por encima de cualquier cosa, la vida y la salud de las personas”.
Te recomendamos: