/ martes 16 de febrero de 2021

Congreso del Estado aprobó Ley de Declaración de Ausencia por Desaparición

Familiares podrán acceder al mecanismo en plazo de 30 días y bajo al principio de buena fe

Con el aval de las familias de personas desaparecidas, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Jalisco.

Te recomendamos:

En un plazo de 30 días los familiares podrá solicitar la declaración de ausencia y de manera excepcional se podrá acceder al mecanismo bajo el principio de buena fe y se garantizará el sueldo de seis meses de las personas desaparecidas.

Desde hace casi tres años la Legislatura debió armonizar la legislación en materia de desaparecidos y a pesar de que hace un año cinco meses el Gobernador Enrique Alfaro Ramírez presentó las tres iniciativas de Ley: Declaración Especial de Ausencia, la de Personas Desaparecidas y la de Atención a Víctimas, solo autorizó la asamblea legislativa la de Declaratoria; la de Personas Desaparecidas que aprobó la Comisión de Derechos Humanos entrará al pleno en la sesión del viernes próximo y la de Atención a Víctimas sigue pendiente.

La Ley para la Declaración Especial de Ausencia contempla cambios importantes que son resultado de las aportaciones y necesidades que han manifestado familiares de las personas desaparecidas y los colectivos (Por Amor a Ellxs, FUNDEJ, Entre el Cielo y Tierra), informó la titular de la Subcomisión de Derechos Humanos en Materia de Personas Desaparecidas diputada Erika Pérez.

Ley de declaración de ausencia por desaparición

  • Establece esta ley que se podrá acceder al mecanismo aún sin tener queja, denuncia o reporte, esto en virtud de que familiares muchas veces no denuncian por temor o amenazas.
  • De manera excepcional se podrá acceder al mecanismo bajo el principio de buena fe sin que familiares o personas legitimadas hayan presentado una denuncia, queja o reporte por miedo o amenazas que pongan en riesgo su integridad física.
  • Se garantizará el goce de sueldo de seis meses de las personas desaparecidas trabajadoras.
  • Se disminuyó el plazo de 90 a 30 días para que familiares soliciten la declaración especial de ausencia. Esto significa que las víctimas tienen como plazo 30 días posteriores a la desaparición para poder comenzar con el tramite especial.
  • El Juzgado de Primera Instancia recibirá las solicitudes y otorgará las declaratorias.
  • Se adecuó a un lenguaje incluyente y se evita adjetivos que revictimiza.
  • Las víctimas podrán disponer de los bienes de los que dispongan tras contar con la declaración o en su caso vender bienes en un lapso de seis meses.
  • Se incluyó el principio de buena fe.
  • Se hace más efectivo el acceso al mecanismo para personas de paso, migrantes o cualquier persona con status migratorio en nuestro estado.
  • De acuerdo al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) de la Secretaría de Gobernación, hasta el 8 de diciembre del 2020, Jalisco ocupaba el primer lugar en víctimas de desaparición con acumulado histórico de 11 mil 269 casos. De enero a noviembre del 2020 fueron mil 614 nuevos casos.

La diputada de MC Priscilla Franco Barba manifestó su beneplácito, igualmente el diputado del PAN Jorge Eduardo González Arana presidente de la Comisión de Derechos Humanos, que enfatizó sobre los esfuerzos realizados por todos y por los colectivos y organizaciones.

En tanto la diputada del PRI Sofía García Mosqueda, manifestó: "La nueva ley sólo abre una opción legal para que los familiares de una persona desaparecida puedan hacer trámites en nombre de quien está ausente".

Con el aval de las familias de personas desaparecidas, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Jalisco.

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En un plazo de 30 días los familiares podrá solicitar la declaración de ausencia y de manera excepcional se podrá acceder al mecanismo bajo el principio de buena fe y se garantizará el sueldo de seis meses de las personas desaparecidas.

Desde hace casi tres años la Legislatura debió armonizar la legislación en materia de desaparecidos y a pesar de que hace un año cinco meses el Gobernador Enrique Alfaro Ramírez presentó las tres iniciativas de Ley: Declaración Especial de Ausencia, la de Personas Desaparecidas y la de Atención a Víctimas, solo autorizó la asamblea legislativa la de Declaratoria; la de Personas Desaparecidas que aprobó la Comisión de Derechos Humanos entrará al pleno en la sesión del viernes próximo y la de Atención a Víctimas sigue pendiente.

La Ley para la Declaración Especial de Ausencia contempla cambios importantes que son resultado de las aportaciones y necesidades que han manifestado familiares de las personas desaparecidas y los colectivos (Por Amor a Ellxs, FUNDEJ, Entre el Cielo y Tierra), informó la titular de la Subcomisión de Derechos Humanos en Materia de Personas Desaparecidas diputada Erika Pérez.

Ley de declaración de ausencia por desaparición

  • Establece esta ley que se podrá acceder al mecanismo aún sin tener queja, denuncia o reporte, esto en virtud de que familiares muchas veces no denuncian por temor o amenazas.
  • De manera excepcional se podrá acceder al mecanismo bajo el principio de buena fe sin que familiares o personas legitimadas hayan presentado una denuncia, queja o reporte por miedo o amenazas que pongan en riesgo su integridad física.
  • Se garantizará el goce de sueldo de seis meses de las personas desaparecidas trabajadoras.
  • Se disminuyó el plazo de 90 a 30 días para que familiares soliciten la declaración especial de ausencia. Esto significa que las víctimas tienen como plazo 30 días posteriores a la desaparición para poder comenzar con el tramite especial.
  • El Juzgado de Primera Instancia recibirá las solicitudes y otorgará las declaratorias.
  • Se adecuó a un lenguaje incluyente y se evita adjetivos que revictimiza.
  • Las víctimas podrán disponer de los bienes de los que dispongan tras contar con la declaración o en su caso vender bienes en un lapso de seis meses.
  • Se incluyó el principio de buena fe.
  • Se hace más efectivo el acceso al mecanismo para personas de paso, migrantes o cualquier persona con status migratorio en nuestro estado.
  • De acuerdo al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) de la Secretaría de Gobernación, hasta el 8 de diciembre del 2020, Jalisco ocupaba el primer lugar en víctimas de desaparición con acumulado histórico de 11 mil 269 casos. De enero a noviembre del 2020 fueron mil 614 nuevos casos.

La diputada de MC Priscilla Franco Barba manifestó su beneplácito, igualmente el diputado del PAN Jorge Eduardo González Arana presidente de la Comisión de Derechos Humanos, que enfatizó sobre los esfuerzos realizados por todos y por los colectivos y organizaciones.

En tanto la diputada del PRI Sofía García Mosqueda, manifestó: "La nueva ley sólo abre una opción legal para que los familiares de una persona desaparecida puedan hacer trámites en nombre de quien está ausente".

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