En la sesión de la Junta de Coordinación Política, la diputada del PRI Mariana Fernández Ramírez solicitó que se incluya a policías desaparecidos en la iniciativa del Gobernador Enrique Alfaro de garantizar la pensión al 100% de policías fallecidos en el cumplimiento de su deber.
Fernández, manifestó: “Cuando un policía fallece en el cumplimiento de su deber lo menos que podemos hacer por su familia es asegurarles el 100% de su jubilación. Espero pronto avance nuestra iniciativa y que también sea efectivo en el caso de los elementos que desaparecen. ¡Cuidemos a quien nos cuida”.
Dijo la legisladora que hay viabilidad presupuestal de acuerdo a lo señalado por el titular de Pensiones Iván Arguelles.
Actualmente hay 60 policías desaparecidos. A los 3 o 4 días los despiden sí no se presentan y sus familias sufren, de ahí que pidió a los presidentes de los Grupos Parlamentarios ser sensibles y empáticos con su propuesta y que se incluya en la iniciativa del Ejecutivo estatal que está en la Comisión de Competitividad.
De acuerdo a la evaluación que se tiene, el incluir a los policías desaparecidos representaría 10 millones de pesos aproximadamente.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, Salvador Caro Cabrera le solicitó presente un estudio técnico para estudiarlo y pueda ser incluido en la iniciativa del Ejecutivo.
Podría interesarte:
En diciembre del año pasado, el Ejecutivo estatal envió al Poder Legislativo la iniciativa de decreto para modificar la ley del Instituto de Pensiones del Estado (Ipejal), en materia de otorgamiento de pensión al 100% a los familiares de los policías y elementos de Protección Civil y bomberos, caídos en cumplimiento de su deber.
El monto de las pensiones actualmente va desde el 30% a quien tenga 10 años de cotización o menos, hasta 50% cuando se tenga 30 años o más, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley del Ipejal, el cual establece los porcentajes de las pensiones por viudez y orfandad a los que tendrán derecho los beneficiarios de los afiliados fallecidos, las cuales serán cuantificados sobre el tiempo de cotización que hubiere tenido el difunto.
La propuesta adiciona un segundo párrafo al artículo 92 de Ipejal que establece que la antigüedad de cotización del afiliado fallecido no será aplicable en los casos de elementos operativos de las corporaciones policiales, protección civil y bomberos, cuando fallezcan en el cumplimiento de su deber.
Por lo tanto, los beneficiarios del afiliado fallecido tendrán derecho a una pensión por viudez u orfandad del 100%, sin importar el tiempo de cotización ante el Instituto.
En el régimen transitorio se establece que será aplicable a los beneficiarios de los elementos fallecidos durante los 3 años previos al inicio de la vigencia.