/ lunes 18 de febrero de 2019

No se ha solicitado poner a consideración de ciudadanos existencia de verificentros

Señaló el presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) Guillermo Alcaraz Cross

Hasta el fin de semana en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) no se había presentado ninguna solicitud de plebiscito, referéndum o consulta popular en contra de la creación de los llamados verificentros como parte de la política pública de medio ambiente de la administración de Enrique Alfaro Ramírez, señaló el presidente del organismo, Guillermo Alcaraz Cross.


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“No la hemos recibido, quizás se anunció y para que nosotros podamos poner a trabajar nuestra maquinaria necesitamos que se presente por escrito acá y con gusto estaremos asistiendo a las personas, lo tendremos que revisar, tendremos que orientarlos, primero identificar las posibilidades de desarrollarlo a través de un mecanismo que sea adecuado para eso o que haya sido diseñado para eso”, dijo.

Dependiendo del tipo de mecanismo de participación ciudadana se tendrá efectos o no en esa política pública, ya que cada uno tiene características diferentes y no todas son vinculantes en su resultado o no todas pueden revertir ese proceso que se espera entre en vigor a partir de julio de este año, explicó el presidente del IEPC.


Chécalo:


Por eso “tenemos que ver qué tipo de mecanismo de participación ciudadana se utiliza, si es un plebiscito, si es un referéndum, si es una consulta, pero si se trata de normas debe ser un referéndum, si se trata de actividad u órdenes en términos administrativos, decretos del gobernador tendría que ser un plebiscito y si sólo es una consulta, tienen naturaleza diferente y efectos diferentes”, dijo.



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En este caso el plebiscito y el referéndum sus resultados pueden derogar una norma o una política pública, en este caso la de los verificentros, es decir por sí solos pueden detener una decisión de ese tipo, pero si se opta por la consulta, los resultados se tendrían que poner a consideración del gobernante y éste decidirá si acepta la voluntad ciudadana o si la fecha, pero con argumentos claros y precisos de por qué no la acepta. “En este caso sería el gobernador y para efecto de que la revise y decida si la va atender o no la va atender, sino la va a atender tiene que justificar por qué”.

Hasta el fin de semana en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) no se había presentado ninguna solicitud de plebiscito, referéndum o consulta popular en contra de la creación de los llamados verificentros como parte de la política pública de medio ambiente de la administración de Enrique Alfaro Ramírez, señaló el presidente del organismo, Guillermo Alcaraz Cross.


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Dependiendo del tipo de mecanismo de participación ciudadana se tendrá efectos o no en esa política pública, ya que cada uno tiene características diferentes y no todas son vinculantes en su resultado o no todas pueden revertir ese proceso que se espera entre en vigor a partir de julio de este año, explicó el presidente del IEPC.


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Por eso “tenemos que ver qué tipo de mecanismo de participación ciudadana se utiliza, si es un plebiscito, si es un referéndum, si es una consulta, pero si se trata de normas debe ser un referéndum, si se trata de actividad u órdenes en términos administrativos, decretos del gobernador tendría que ser un plebiscito y si sólo es una consulta, tienen naturaleza diferente y efectos diferentes”, dijo.



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