Evita caer en engaños con la revisión fiscal y cuestiones legales ante el IMSS

El IMSS promueve el cumplimiento voluntario y oportuno de obligaciones en materia de seguridad social

Isaura López / El Occidental

  · jueves 22 de agosto de 2024

El IMSS destaca que ofrece a toda persona interesada mecanismos de orientación respecto del correcto y puntual cumplimiento de las obligaciones atinentes al ICSOE. Foto. David Tamayo / El Occidental

Evita caer en engaños y en riesgos en cuestión fiscal y en obligaciones y responsabilidades legales que se tiene ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El IMSS advierte de despachos o consultores que, propagando información falsa o imprecisa en materia de seguridad social, generando temor y confusión para la venta de estrategias fiscales deshonestas que propician la evasión de obligaciones fiscales, de implementarlas incurren en responsabilidad legal, arriesgando su patrimonio.

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La dependencia describe el modus operandi de estos supuestos asesores que hacen creer que, el IMSS procede al congelamiento de cuentas bancarias ante incumplimientos relacionados con la presentación de la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE) con la herramienta electrónica denominada ICSOE, o, que el IMSS recurre invariablemente a la determinación presuntiva de créditos fiscales en el ámbito de la construcción.

El IMSS aclara que vía correo electrónico y a través de las vías oficiales de comunicación proporciona información a los contratistas referente al ICSOE de acuerdo con el cuatrimestre de que se trate y antes de la fecha de vencimiento de la obligación periódica de presentar al IMSS la información de los contratos de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas celebrados.

Señala que desde la puesta en operación del ICSOE vía contacto directo con los destinatarios, se han enviado dos millones 993 mil 428 comunicados por correo electrónico, que incluyen recordatorios o exhortos de cumplimiento, así como mensajes de texto o llamadas telefónicas.

El IMSS destaca que ofrece a toda persona interesada mecanismos de orientación respecto del correcto y puntual cumplimiento de las obligaciones atinentes al ICSOE; tales como el minisitio del propio ICSOE ( http://www.imss.gob.mx/icsoe ); el cual ofrece material de apoyo como guías, videos y normatividad relacionados con las respectivas obligaciones y su uso.

Para evitar caer en engaños y evitar riesgos, el IMSS invita cordialmente a consultar la información que difunde mediante sus canales oficiales, así como a entablar contacto directo recurriendo al:

▪Centro de Contacto IMSS, donde asesores especializados atienden puntualmente dudas de los responsables del cumplimiento de obligaciones de seguridad social: 800 623 23 23, opción 5, luego opción 6; de lunes a viernes de 9 a 18 horas (tiempo del Centro de México).

▪Servicio de “Aclaraciones u Orientaciones”, por medio del Buzón IMSS: menú “Promociones Electrónicas”, que permite formular planteamientos las 24 horas del día, los 365 días del año.


Por otra parte, en el ámbito de la construcción, el IMSS promueve el cumplimiento voluntario y oportuno de obligaciones en materia de seguridad social de las personas físicas o morales concernidas mediante el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC); servicio digital que reduce costos, tiempos y otorga facilidades administrativas.

Adicionalmente, el Instituto promueve e incentiva la autoregularización del sector patronal de dicho ámbito ante posibles omisiones o incumplimientos -vía oficios de promoción o procesos de autocorrección patronal-, privilegiando en todo momento la seguridad jurídica del sector.

“El IMSS -como organismo fiscal autónomo y garante de la seguridad social- tiene la facultad de llevar a cabo procesos de comprobación de cumplimiento de obligaciones en la materia, siendo un eje rector la salvaguarda de los derechos de las personas trabajadoras o, de ser el caso, la restitución de estos.

Tal es el caso del proceso de revisión establecido en el artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RSSOTCOTD) que, de inicio, otorga al patrón auditado la posibilidad de comprobar el pleno cumplimiento de sus obligaciones respecto de las personas trabajadoras concernidas; en todo caso, cabe destacar que el patrón cuenta, en todo momento, con el derecho de corregir su situación fiscal ante el IMSS.

Sólo cuando, de manera extraordinaria, las personas físicas o morales dedicadas a la construcción omiten ofrecer los elementos que permiten aclarar obligaciones incumplidas, así como la naturaleza y cuantía de estas, el IMSS —como alternativa única— recurre, tratándose de obra pública, al porcentaje de mano de obra o, tratándose de obra privada, a la superficie construida para determinar posibles créditos fiscales en virtud de incumplimientos comprobados”, se indica en el comunicado del IMSS.