Aunque el SAT dio un plazo para la entrada en vigor de la CFDI 4.0, es recomendable no dejar pasar tiempo para tramitar la Constancia de Situación Fiscal, consideró el consejero empresarial Javier Zepeda.
Manifestó que si bien no es obligatorio sí es indispensable para evitar que las facturas sean rechazadas, ya que como tal el SAT no pide las constancias, solo que se vuelven necesarias para el trabajador al no conocer sus datos fiscales tal cual vienen en los registros.
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Explicó que este documento contiene el domicilio fiscal, el código postal y otros datos de relevancia en la expedición de facturas o en los recibos de nómina, y quien lo solicita es el patrón para poderle timbrar un recibo con los datos correctos.
Incluso, mencionó, no es tan necesario que como tal el trabajador presente la constancia, siempre y cuando conozca con exactitud los datos requeridos por la empresa para hacer las labores de nómina en mención.
"No es obligatorio que el trabajador entregue la constancia a su patrón, basta y es válido que el trabajador le diga cuáles son sus datos fiscales y el patrón tendría que asentarlos en su sistema para timbrar el recibo de nómina", insistió.
No obstante, sí advirtió que si los datos llegaran a ser incorrectos la obligación de entregarlo sería una realidad, pues de lo contrario habría implicaciones graves para el patrón timbrando recibos erróneos.
"Al patrón lo podrían multar con hasta el 10 por ciento del valor del recibo de nómina. También lo pueden multar con un promedio de entre 400 y 500 pesos por recibo de nómina con error, e incluso podría no hacer deducible el cien por ciento de la nómina por timbrarlas con errores".