El Instituto Electoral sin facultades para decretar la suspensión de elecciones en Jilotlán de los Dolores

Los partidos consideraban que las condiciones de seguridad no eran las adecuadas en ese municipio

Víctor Ramírez | El Occidental

  · martes 1 de junio de 2021

Foto. Cortesía | IEPC

Sin facultades para decretar la suspensión de la elección de Jilotlán de los Dolores en donde dos de las tres planillas que competían renunciaron ante las amenazas de los grupos de la delincuencia y la inseguridad de la zona, así se declararon los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), ya que es atribución del Instituto Nacional Electoral (INE) realizar cambios o suspensiones de procesos electorales.

Hace poco más de 10 días seis de los 13 partidos solicitaron al IEPC suspender la elección en ese municipio de Jalisco porque consideraban que las condiciones de seguridad no eran las adecuadas y sobre todo porque no había elementos de competencia ya que los integrantes de las planillas de Movimiento Ciudadano y de Acción Nacional renunciaron debido a la inseguridad que sintieron y solo quedó en la competencia la de Movimiento Regeneración Nacional.

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Según lo leído del dictamen se indica que el instituto “no está facultado para suspender las elecciones para munícipes en el municipio de Jilotlán de los Dolores por lo que resulta procedente continuar con el proceso electoral 2020.2021 para la elección de munícipes en Jilotlán de los Dolores con los registros aprobados y vigentes actualmente”, esta decisión se notificó al propio INE y a los partidos que solicitaban cambio de fecha.

Otro de los argumentos que se dan y a través del cual sustentan su versión los consejeros es lo marcado en el Código Electoral, a pesar de la insistencia de los representantes de los partidos de que la decretaran o que se consultara al INE qué hacer y notificar al Congreso para que se prepare con lo necesario para una nueva elección ante la falta de certeza.

“El marco normativo que rige las atribuciones y competencia de este instituto electoral no prevé el supuesto de suspender una elección dentro de las facultades conferidas a este Consejo General, ya sea por una situación de violencia generalizada o por la existencia de una planilla única; tal y como se desprende del Código Electoral para el Estado de Jalisco, el cuál únicamente nos faculta para organizar las elecciones y nos obliga a observar el principio de legalidad”, señalaron.

Durante la discusión los representantes de los partidos, especialmente los de Hagamos y de Movimiento Ciudadano insistieron en que se tenían suficientes elementos para poder decretar esta suspensión y uno de los argumentos que se tenían era que no se tenía certeza de cómo se conformaría el cabildo ya que no se tienen planillas suficientes para los puestos de representación proporcional pero que también se notificara al Congreso local para que prevenga lo necesario porque se requeriría un nuevo proceso.

Situación que el presidente del instituto, Guillermo Alcaraz Cross, indicó que esa situación se resolvería en el momento procesal de conformación del cabildo y la calificación de la elección y “una vez llegado a ese punto tendríamos que determinarlo y si las situaciones planteada por los representantes de los partidos se cumplen, sería necesario darle vista al Congreso”.



Mientras que la consejera Zoad García pidió que en el dictamen se incluyeran las fechas de las renuncias para no hacerlo de manera genérica y propuso que se hiciera una consulta con el INE para que les indicara el camino a seguir ya que sólo hay una planilla postulada y eso les imposibilitaría el poder integrar de manera adecuada el cabildo completo con los regidores de representación proporcional.

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