Diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales eliminan del Código Civil del Estado la adopción simple y dejan únicamente la adopción plena.
La diputada Rocío Corona Nakamura, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, informó que la adopción simple no crea derechos, sólo tiene la custodia y la patria potestad y es revocable "en cualquier momento se puede suprimir o quitar".
Te puede interesar: En septiembre estarán en digital las actas de adopción: Gamboa Béjar
En cambio, señaló Corona Nakamura, la adopción plena no es revocable, crea un vínculo jurídico de protección al menor y se equiparan los derechos de un hijo consanguíneo.
Destacó que lo importante es que quien asume la responsabilidad de adoptar alguien, lo "asuma con toda responsabilidades, con un compromiso de por vida y no que el día de mañana digan ‘saben que, no quiero y retiro esa adopción’".
La tendencia nacional e internacional es ésta, el interés superior es el menor.
CONOCE MÁS...
- A nivel nacional en el Código Civil Federal fue derogado en abril 2013.
- Sólo lo tienen derogado la adopción simple los estados de Guanajuato, Guerrero y Campeche y ahora Jalisco.