/ miércoles 2 de marzo de 2022

Considera la CEDHJ que hubo omisiones en escasez y agua turbia del 2021; emite recomendación

Vecinos de varias colonias del AMG reportaban que en sus domicilios recibían agua con color amarillo

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco emitió la Recomendación 10/22 por la distribución de agua turbia y la escasez que vivieron los habitantes de más del 30% de las colonias del Área Metropolitana de Guadalajara, algunas de las cuáles todavía a la fecha no recuperan la totalidad del servicio. Considera que al menos seis autoridades dejaron de observar distintas normas y principios jurídicos e incurrieron en repeticiones innecesarias.

Y es que, desde el 17 de agosto de 2020, en el contexto de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, esta Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco inició el acta de investigación 540/2020-I.


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Varias notas periodísticas, incluyendo las de El Occidental, consignaron entonces que vecinos de varias colonias del área metropolitana de Guadalajara (AMG) reportaban que en sus domicilios recibían agua con color amarillo o café, a veces con tierra y otras con lama.

Desde entonces se emitieron medidas cautelares dirigidas al director del SIAPA, al secretario de Salud y al director de la Comisión Estatal del Agua (CEA), para que realizaran las acciones necesarias a fin de que el agua distribuida fuera de calidad, limpia y sin contaminantes, con el propósito de evitar que los usuarios quedaran en estado de vulnerabilidad al violar su derecho a la salud, a la vida y al acceso al agua, para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Luego vinieron reportes que terminaron en quejas por el problema de agua turbia en diversas colonias, a las que se acumularon otras que referían la escasez de agua en el área metropolitana. Por esta razón se amplió la admisión de las quejas, a efecto de llamar a procedimiento además del SIAPA, a la Secretaría de Gestión Integral del Agua (SGIA), Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP), Secretaría de Salud, Comisión de Protección contra Riesgos Sanitarios de Jalisco (Coprisjal) y la Comisión Estatal del Agua.

Recordaron que entonces el SIAPA justificó que se debió a que las personas pasaron más tiempo en sus domicilios, por el confinamiento derivado por la pandemia, o si existió otra situación fortuita no atribuible directamente a las funciones de las dependencias involucradas en la distribución de agua potable y si cumplieron en todo momento con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, para otorgar agua de calidad a la población.

El SIAPA, dio luego otros argumentos como la falta de limpieza en tanques, derivado de la pandemia por Covid-19, y que explicaron que no se realizó para disminuir el impacto en los cortes de agua, y que se privilegió dotar de agua a la población resguardada que, a su vez, aseguraron, consumió más agua al estar en sus domicilios en comparación con otros años, lo que de alguna manera alteró los procesos de distribución.

Destaca la CEDHJ que es el SIAPA el principal responsable del abastecimiento y drenaje en la mayoría de las colonias del área metropolitana de Guadalajara, y que enfrenta situaciones de obsolescencia en sus líneas de distribución, en las que registra pérdidas por fugas equivalentes, según estimaciones, de entre 30 y 40% del suministro de agua.

En cuanto a la antigüedad de las tuberías, 46 por ciento tiene actualmente de 30 a 49 años; el 5% cuenta con 80 años o más; mientras que la infraestructura reciente, con aproximadamente una década de vida representa el 8% de la red, el 68.8% de las tuberías de distribución son de asbesto o cemento; el 15.1% de PVC; el 10.2% de polietileno; y el 5.9% de acero. Se concluyó que existen elementos para determinar que sí influye el tiempo de vida y materiales de las redes de distribución en la calidad del agua que hace llegar a los domicilios, sobre todo tomando en consideración que casi la mitad de las tuberías de la ciudad tiene entre 30 y 49 años de antigüedad.

La CEDHJ dejó en claro que no hubo planeación, ante la baja en precipitaciones pluviales, y en cambio se careció de una estrategia por parte de personal de la SGIA, SIOP y SIAPA para evitar o en su caso disminuir el desabasto de agua y no sólo actuar en consecuencia.

Su máxima respuesta hacia la población fue acercarles agua a través de pipas y cisternas; sin embargo, se detectaron deficiencias, pues las pipas tardaban tiempo en llegar a los domicilios, y respecto al agua dejada en cisternas, no todas las personas podían acceder para acarrearla a sus hogares, como adultos mayores, mujeres embarazadas, menores de edad y personas con discapacidad.

Se acreditó la vulneración de los derechos humanos al agua y al saneamiento, a un medio ambiente sano, a la protección de la salud, al desarrollo, a la legalidad y seguridad jurídica y, por ende, el incumplimiento de la función pública, a las buenas prácticas de la administración pública; y a tener políticas públicas que propicien una mejor calidad de vida de los habitantes de las colonias afectadas pertenecientes a los municipios de Guadalajara, Zapopan, Tonalá y San Pedro Tlaquepaque, y que corresponde al SIAPA otorgar el servicio de agua potable.

A todas esas mismas instituciones les está recomendando diseñen, impulsen y en su caso implementen, en el ámbito de competencia del Estado, un plan rector para la gestión integral del agua del AMG, en el que el aprovechamiento de las aguas pluviales y reducción de agua residual sea el eje transversal, contemplando tanto la acción individual como de infraestructura pública para su consolidación; debe considerarse también, el presupuesto requerido para su materialización.

También que garanticen una política y programas de desarrollo, verificación y socialización que, con apego a los instrumentos normativos en la materia, operativice el plan rector de gestión integral del agua para el AMG, descrito en el punto anterior.

Y elaboren un programa de trabajo en el que se contemplen las acciones a corto, mediano y largo plazo, en el que se incluyan entre otros, la línea base del conocimiento sobre la disponibilidad del agua superficial y subterránea, el uso del agua, los inventarios de agua y otros recursos relacionados, las condiciones de calidad del agua, la cartera de estudios y los proyectos de inversión necesarios para la gestión integral del agua en el AMG, así como la proposición de políticas públicas, estrategias, programas específicos, que permitan inducir y regular, en su caso, la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas en el Estado, así como el control y preservación sostenible de su cantidad y calidad, para contribuir al bienestar social y al crecimiento económico en un entorno de sustentabilidad.

Al SIAPA le recomendó realice a favor de las víctimas de las colonias mencionadas en la presente Recomendación, en sus dimensiones particular y colectivas, la reparación integral del daño, para lo cual se deberán otorgar todas las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición que resulten procedentes.

Pero también se corrija el problema que aún presenta la colonia Miraflores en Guadalajara y Villas Puerta del Sol de Zapopan, así como de las que ese Sistema tenga reportadas, respecto a la turbiedad del agua, para que se cumplan los objetivos establecidos en las normas de carácter internacional, nacional y estatal.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco emitió la Recomendación 10/22 por la distribución de agua turbia y la escasez que vivieron los habitantes de más del 30% de las colonias del Área Metropolitana de Guadalajara, algunas de las cuáles todavía a la fecha no recuperan la totalidad del servicio. Considera que al menos seis autoridades dejaron de observar distintas normas y principios jurídicos e incurrieron en repeticiones innecesarias.

Y es que, desde el 17 de agosto de 2020, en el contexto de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, esta Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco inició el acta de investigación 540/2020-I.


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Desde entonces se emitieron medidas cautelares dirigidas al director del SIAPA, al secretario de Salud y al director de la Comisión Estatal del Agua (CEA), para que realizaran las acciones necesarias a fin de que el agua distribuida fuera de calidad, limpia y sin contaminantes, con el propósito de evitar que los usuarios quedaran en estado de vulnerabilidad al violar su derecho a la salud, a la vida y al acceso al agua, para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Luego vinieron reportes que terminaron en quejas por el problema de agua turbia en diversas colonias, a las que se acumularon otras que referían la escasez de agua en el área metropolitana. Por esta razón se amplió la admisión de las quejas, a efecto de llamar a procedimiento además del SIAPA, a la Secretaría de Gestión Integral del Agua (SGIA), Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP), Secretaría de Salud, Comisión de Protección contra Riesgos Sanitarios de Jalisco (Coprisjal) y la Comisión Estatal del Agua.

Recordaron que entonces el SIAPA justificó que se debió a que las personas pasaron más tiempo en sus domicilios, por el confinamiento derivado por la pandemia, o si existió otra situación fortuita no atribuible directamente a las funciones de las dependencias involucradas en la distribución de agua potable y si cumplieron en todo momento con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, para otorgar agua de calidad a la población.

El SIAPA, dio luego otros argumentos como la falta de limpieza en tanques, derivado de la pandemia por Covid-19, y que explicaron que no se realizó para disminuir el impacto en los cortes de agua, y que se privilegió dotar de agua a la población resguardada que, a su vez, aseguraron, consumió más agua al estar en sus domicilios en comparación con otros años, lo que de alguna manera alteró los procesos de distribución.

Destaca la CEDHJ que es el SIAPA el principal responsable del abastecimiento y drenaje en la mayoría de las colonias del área metropolitana de Guadalajara, y que enfrenta situaciones de obsolescencia en sus líneas de distribución, en las que registra pérdidas por fugas equivalentes, según estimaciones, de entre 30 y 40% del suministro de agua.

En cuanto a la antigüedad de las tuberías, 46 por ciento tiene actualmente de 30 a 49 años; el 5% cuenta con 80 años o más; mientras que la infraestructura reciente, con aproximadamente una década de vida representa el 8% de la red, el 68.8% de las tuberías de distribución son de asbesto o cemento; el 15.1% de PVC; el 10.2% de polietileno; y el 5.9% de acero. Se concluyó que existen elementos para determinar que sí influye el tiempo de vida y materiales de las redes de distribución en la calidad del agua que hace llegar a los domicilios, sobre todo tomando en consideración que casi la mitad de las tuberías de la ciudad tiene entre 30 y 49 años de antigüedad.

La CEDHJ dejó en claro que no hubo planeación, ante la baja en precipitaciones pluviales, y en cambio se careció de una estrategia por parte de personal de la SGIA, SIOP y SIAPA para evitar o en su caso disminuir el desabasto de agua y no sólo actuar en consecuencia.

Su máxima respuesta hacia la población fue acercarles agua a través de pipas y cisternas; sin embargo, se detectaron deficiencias, pues las pipas tardaban tiempo en llegar a los domicilios, y respecto al agua dejada en cisternas, no todas las personas podían acceder para acarrearla a sus hogares, como adultos mayores, mujeres embarazadas, menores de edad y personas con discapacidad.

Se acreditó la vulneración de los derechos humanos al agua y al saneamiento, a un medio ambiente sano, a la protección de la salud, al desarrollo, a la legalidad y seguridad jurídica y, por ende, el incumplimiento de la función pública, a las buenas prácticas de la administración pública; y a tener políticas públicas que propicien una mejor calidad de vida de los habitantes de las colonias afectadas pertenecientes a los municipios de Guadalajara, Zapopan, Tonalá y San Pedro Tlaquepaque, y que corresponde al SIAPA otorgar el servicio de agua potable.

A todas esas mismas instituciones les está recomendando diseñen, impulsen y en su caso implementen, en el ámbito de competencia del Estado, un plan rector para la gestión integral del agua del AMG, en el que el aprovechamiento de las aguas pluviales y reducción de agua residual sea el eje transversal, contemplando tanto la acción individual como de infraestructura pública para su consolidación; debe considerarse también, el presupuesto requerido para su materialización.

También que garanticen una política y programas de desarrollo, verificación y socialización que, con apego a los instrumentos normativos en la materia, operativice el plan rector de gestión integral del agua para el AMG, descrito en el punto anterior.

Y elaboren un programa de trabajo en el que se contemplen las acciones a corto, mediano y largo plazo, en el que se incluyan entre otros, la línea base del conocimiento sobre la disponibilidad del agua superficial y subterránea, el uso del agua, los inventarios de agua y otros recursos relacionados, las condiciones de calidad del agua, la cartera de estudios y los proyectos de inversión necesarios para la gestión integral del agua en el AMG, así como la proposición de políticas públicas, estrategias, programas específicos, que permitan inducir y regular, en su caso, la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas en el Estado, así como el control y preservación sostenible de su cantidad y calidad, para contribuir al bienestar social y al crecimiento económico en un entorno de sustentabilidad.

Al SIAPA le recomendó realice a favor de las víctimas de las colonias mencionadas en la presente Recomendación, en sus dimensiones particular y colectivas, la reparación integral del daño, para lo cual se deberán otorgar todas las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición que resulten procedentes.

Pero también se corrija el problema que aún presenta la colonia Miraflores en Guadalajara y Villas Puerta del Sol de Zapopan, así como de las que ese Sistema tenga reportadas, respecto a la turbiedad del agua, para que se cumplan los objetivos establecidos en las normas de carácter internacional, nacional y estatal.

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