Por no consultar a las comunidades indígenas para hacer la ley de Educación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio la razón a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y le aplicó una nueva derrota jurídica al Congreso de Jalisco que en esta la 62 legislatura se ha caracterizado por perder casi todas en tribunales.
Tal determinación anula de plano tres capítulos de la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco por ir en su conformación, en contra de la propia Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 1 y 2. Además contraviene a los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Los capítulos que quedan sin efecto son: El sexto de “la Educación Intercultural” que comprende los artículos 40 al 42; capítulo Séptimo de “la Educación Humanista”, artículos 43 y 44, y capítulo octavo de la Educación Incluyente, del artículo 45 al 49 de la Ley de Educación de Jalisco.
Los ministros asentaron en la resolución que “existía la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de las leyes, de conformidad con los artículos 1º y 2º de la Constitución General”.
Por si no lo leíste:
Invalidaron solo los preceptos impugnados y no el resto del texto. Esto surtirá efectos a partir de los dieciocho meses siguientes a que se notifiquen los puntos resolutivos de las respectivas sentencias a los Congresos estatales, quedando éstos vinculados para que, dentro de dicho plazo, lleven a cabo las consultas –las cuales no estarán limitadas a los artículos invalidados– y entonces sí se emitan las disposiciones correspondientes.
La acción de inconstitucionalidad 178/2020 que afecta la iniciativa presentada por el Ejecutivo Estatal y luego aprobada por el Congreso del Estado, fue promovida en su momento por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco, expedida mediante Decreto 27 mil 909/2020, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 15 de mayo de 2020.
También resolvió las acciones de inconstitucionalidad 239/2020, 240/2020 y 291/2020, relacionadas con las leyes de Educación de Guanajuato, Yucatán y Chiapas, respectivamente.