Centro de Conciliación Laboral de Jalisco no atenderá casos de discriminación en el empleo

Enrique Flores Domínguez, director del Centro de Conciliación Laboral de Jalisco indicó que en dicho centro no buscan revictimizar a la persona

Víctor Ramírez | El Occidental

  · lunes 19 de septiembre de 2022

Jalisco está al límite de tiempo para implementar la reforma laboral, indicó Enrique Flores Domínguez, director del Centro de Conciliación Laboral de Jalisco. Foto: Cortesía | Secretaría de Trabajo y Previsión Social

Jalisco está al límite de tiempo para implementar la reforma laboral, la fecha es el 3 de octubre próximo y no hay prórroga, reconoce en entrevista con El Occidental, Enrique Flores Domínguez, director del Centro de Conciliación Laboral de Jalisco, órgano que no atenderá casos de discriminación en el empleo por embarazo, orientación sexual, religión, origen étnico, condición social, trata laboral, trabajo forzado, acoso y hostigamiento sexual, ya que no se trata de revictimizar a la persona.

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¿Cómo se implementó y por qué Jalisco hasta el final?

Entró en diversas etapas, la primera se aplicó en el 2020 y fue para los estados que no tenían una alta carga de conflictos laborales como Chiapas, Tabasco, Yucatán, Durango, Zacateca y San Luis Potosí.

La segunda se aplicó en Oaxaca, Guerrero, Estados de México, Veracruz, Guanajuato y las dos Baja Californias. La tercera fue para Jalisco, Ciudad de México, Nuevo León, Tamaulipas e inicialmente el decreto marcaba que comenzaríamos el primero de mayo, pero se dio una prórroga hasta el 3 de octubre. Esto porque teníamos una carga muy compleja de digitalizar expedientes sindicales así como los contratos colectivos de trabajo.

¿Estarán a tiempo las instalaciones y equipadas?

A la fecha van las obras al 80% y se concentran en acabar el edificio, pero también entran las sedes foráneas de Puerto Vallarta, Colotlán, Ocotlán, Ciudad Guzmán, Autlán y Lagos de Moreno y esperamos tener más sedes en el resto del interior del Estado.

¿El centro, recibirá todo tipo de demandas?

Somos una instancia prejudicial y a diferencia del Instituto de Justicia Alternativa, que es una instancia voluntaria, nuestra función es generar el servicio de justicia autocompositiva, vamos a tener a conciliadores que van a proponer soluciones a las partes. Si una persona requiere presentar una demanda en contra de una fuente de trabajo y si no está dentro de las excepciones, le van a rechazar su trámite en el juzgado porque es una instancia obligatoria, hay ciertas excepciones para no acudir a nosotros como: discriminación en el empleo, embarazo, orientación sexual, religión, origen étnico, condición social, trata laboral, trabajo forzado, acoso y hostigamiento sexual.

¿Por qué esos temas no los atenderán?

Porque no se trata de hacer una revictimización, el actor que va a iniciar el procedimiento si está en alguna de estas situaciones mencionadas puede acudir a un juzgado y no es necesario que pase por nosotros y si no está dentro de esas situaciones entonces sí debe solicitar la instancia de conciliación laboral.

¿Cómo es el proceso a seguir?

La conciliación es un proceso obligatorio dentro de la demanda, pero no se tienen facultades para forzar a tener una conciliación, ésta debe ser voluntaria y tenemos que generar las herramientas a través de conciliadores para citar a las partes involucradas y si llegan a un acuerdo se hace un convenio que al firmarlo se hace cosa juzgada, pero si no lo hacen se les da una constancia de no conciliación y con ella pueden acudir a un juzgado laboral para demandar. Buscamos ser facilitadores en la solución del conflicto en un tiempo máximo de 45 días naturales, vamos a proponer que concilien pero no podemos obligarlos para que concilien y se debe concluir en ese tiempo. No se requiere de abogado, sino de personas de confianza para que las partes involucradas puedan resolver su conflicto. Si en la primera reunión no concilian se pueden llevar la propuesta, para regresar posteriormente, se cita a las partes y si no acuden pueden ser acreedores a una multa de 50 a 100 Unidades de Medida de Actualización (UMA) pero si acuden y logran resolver el conflicto, lo que acuerden se eleva a categoría de cosa juzgada.

¿Qué papel van a jugar los sindicatos en esta reforma?

Tenemos que romper el tabú de los sindicatos ya que ellos pueden tener una audiencia de conciliación con un trabajador y una empresa, es decir también vamos a conocer conflictos colectivos que en la etapa de pre huelga nos manden los jueces, si es que así lo considera el juez laboral, con nosotros no tienen una injerencia los sindicatos, somos conciliadores.

¿Son suficientes 23 conciliadores?

El 3 de octubre abrimos y vamos a recibir todos los conflictos laborales, iniciamos con carga cero y no tendríamos rezago; a partir de que recibimos tenemos que hacer una audiencia conciliatoria dentro de los 15 días y tenemos la capacidad de respuesta para atender la demanda que se nos presente en el último trimestre del año. Mientras que toda la junta local cierra sus puertas, tienen el compromiso de acabar todos los juicios abiertos, sea con un laudo, convenio o ejecución de un laudo, el último día hábil de septiembre recibirán la última demanda. Los 23 conciliadores, tienen 2 coordinadores de conciliadores, 12 auxiliares de conciliadores, 14 notificadores, 9 asesores jurídicos y personal administrativo, serán 62 personas para atender todo lo que llegue hasta el 15 de diciembre. Para el 2023 se contrata a 37 conciliadores para llegar a 60 y con ellos también se contratarán más auxiliares, asesores jurídicos y personal administrativo hasta llegar a 161 personas. Para este arranque se debe tener un conciliador por cada 450 asuntos al año.

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