Canirac Colima: Ley Antitabaco es tajante para clientes de bares y restaurantes

La reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, está regulada por la Coespris

Edgardo Zamora | El Occidental

  · martes 17 de enero de 2023

La ley prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, entre otros sitios. Foto: Graciela López Herrera | Cuartoscuro

Colima, Col (OEM- Informex).- La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) Colima, calificó que la Ley Antitabaco es una “medida tajante” sobre todo para clientes de los propios restaurantes, bares y antros.

El presidente de la cámara restaurantera, José Rentería Quevedo, expuso que la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, está regulada por la Coespris y se encuentra en el esquema de protección a la salud y será en bares y antros donde les afectará directamente.

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“La afectación en restaurantes será en comensales que tienden a consumir estos productos tras ingerir alimentos, lo más difícil de la ley es hacerle entender a la población que los perjudicados son los establecimientos de comida donde se caerá en una discusión por la imposición de la autoridad”.

No dar servicio en zonas para fumar

Explicó que la Ley tiene candados donde no permite al restaurantero o dueño de bar de no otorgar alimentos, bebidas o servicio, a la persona que consuma tabaco.

“Es una Ley muy tajante, nos imposibilita a tener un espacio adecuado donde sea solo para firmar pero no deberá consumir ningún producto, ya sea bebida, alimentos o postres”.

Limitaciones de consumir tabaco

Reduce la visibilidad de las marcas de cigarros al tiempo que aumenta los sitios públicos donde está prohibido fumar, incluso al aire libre.

La reforma extiende los espacios libres de tabaco a aquellos lugares considerados de “concurrencia colectiva”.

Es decir la ley prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte.

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En tanto los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados.

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