/ miércoles 26 de junio de 2019

Avanza en comisiones el otorgar medidas cautelares a la Secretaría de Seguridad Pública

La reforma fue a la Ley de Evaluación y Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso del Estado de Jalisco

Las comisiones de Seguridad y Justicia y Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso del Estado aprobaron la iniciativa del Ejecutivo estatal de otorgar la supervisión de las medidas cautelares a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal y se las quita a la Fiscalía Estatal.

La reforma fue a la Ley de Evaluación y Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso del Estado de Jalisco.

“Es una modificación a la ley, actualmente las medidas cautelares corresponden a la Fiscalía, es una propuesta del Ejecutivo para que no sea la misma instancia quien solicite medidas cautelares y también quien las aplique, ahora correspondería a la Secretaría de Seguridad. Una vez que el Juez de Control dicte medidas cautelares, a quien deberá de notificar será a la Secretaría de Seguridad y no a la Fiscalía”, informó el diputado Enrique Velázquez González, presidente de la Comisión de Seguridad.

Por su parte, la diputada Erika Pérez García, presidenta de Estudios Legislativos, manifestó que con esta reforma “la Fiscalía ya no será juez y parte, se hizo una separación entre la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad Pública, tales como la evaluación de riesgos, la ejecución, supervisión y el seguimiento de las medidas cautelares ya corresponderán a la Secretaría”.

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Por su parte, la diputada Erika Pérez García, presidenta de Estudios Legislativos, manifestó que con esta reforma “la Fiscalía ya no será juez y parte, se hizo una separación entre la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad Pública, tales como la evaluación de riesgos, la ejecución, supervisión y el seguimiento de las medidas cautelares ya corresponderán a la Secretaría”.

Puntualizó que el Código Nacional de Procedimientos Penales señala que la “información que se recabe con motivo de la evaluación de riesgos no puede ser usada para la investigación del delito y no podrá ser proporcionada al ministerio público”.

Se reservó para la sesión en el Pleno cuando se discuta y apruebe la reforma, como lo hizo la diputada María Esther López Chávez, el Artículo 1 de la ley al considerar que la propuesta de cambio no respeta la jerarquía del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Las comisiones de Seguridad y Justicia y Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso del Estado aprobaron la iniciativa del Ejecutivo estatal de otorgar la supervisión de las medidas cautelares a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal y se las quita a la Fiscalía Estatal.

La reforma fue a la Ley de Evaluación y Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso del Estado de Jalisco.

“Es una modificación a la ley, actualmente las medidas cautelares corresponden a la Fiscalía, es una propuesta del Ejecutivo para que no sea la misma instancia quien solicite medidas cautelares y también quien las aplique, ahora correspondería a la Secretaría de Seguridad. Una vez que el Juez de Control dicte medidas cautelares, a quien deberá de notificar será a la Secretaría de Seguridad y no a la Fiscalía”, informó el diputado Enrique Velázquez González, presidente de la Comisión de Seguridad.

Por su parte, la diputada Erika Pérez García, presidenta de Estudios Legislativos, manifestó que con esta reforma “la Fiscalía ya no será juez y parte, se hizo una separación entre la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad Pública, tales como la evaluación de riesgos, la ejecución, supervisión y el seguimiento de las medidas cautelares ya corresponderán a la Secretaría”.

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Por su parte, la diputada Erika Pérez García, presidenta de Estudios Legislativos, manifestó que con esta reforma “la Fiscalía ya no será juez y parte, se hizo una separación entre la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad Pública, tales como la evaluación de riesgos, la ejecución, supervisión y el seguimiento de las medidas cautelares ya corresponderán a la Secretaría”.

Puntualizó que el Código Nacional de Procedimientos Penales señala que la “información que se recabe con motivo de la evaluación de riesgos no puede ser usada para la investigación del delito y no podrá ser proporcionada al ministerio público”.

Se reservó para la sesión en el Pleno cuando se discuta y apruebe la reforma, como lo hizo la diputada María Esther López Chávez, el Artículo 1 de la ley al considerar que la propuesta de cambio no respeta la jerarquía del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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