Avalaron diputados de la Comisión de Hacienda eliminar el costo que tienen las constancias por registro extemporáneo de una persona. Hay municipios en los que el cobro oscila en los 46 a los 107 pesos.
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Se aprobó reformar el artículo 57 de la Ley del Registro Civil en el Estado para quedar: Las constancias de inexistencia expedidas por el Oficial del municipio en donde ocurrió el nacimiento y del Archivo General del Registro Civil del Estado no tendrán costo alguno cuando tengan por objeto el registro extemporáneo.
Hay municipios donde el cobro por este trámite va de 46 a 107 pesos como: Tonalá, Zapotlanejo, Tlajomulco, El Salto, Ocotlán, Tepatitlán, Acatlán, Juanacatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos y Chimaltitán.
En cuanto a Guadalajara, Zapopan y Tlaquepaque no se cobra, la constancia es gratuita.
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Informó el presidente de la Comisión de Hacienda, Ricardo Rodríguez Jiménez, que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”. Los municipios del Estado de Jalisco, deberán adecuar sus Reglamentos y Leyes de Ingresos, para establecer el no cobro de las constancias o certificados de inexistencia para el registro extemporáneo de nacimiento, a partir del ejercicio fiscal 2020.
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"El derecho al registro, a la identidad de las personas que nacen, gracias a esta reforma se han hecho modificaciones legales en Jalisco para garantizar el registro de los recién nacidos no cueste, que la primer acta que un padre de familia tramite no cueste, pero en caso de los registros extemporáneos, la ley establece que tienes que ir por un certificado de inexistencia, que significa que no estoy registrado en ningún lugar y este certificado tiene un costo de aproximadamente 70 pesos y con esta modificación lo estamos dejando en ceros", destacó el diputado de Movimiento Ciudadano.
Sin embargo hay municipios que ya eximen de pago la expedición de la constancia de inexistencia como lo son: