Aumentar de 20 a 45 años penas por delitos de abuso sexual infantil y crear un banco de agresores: PAN

Se opone a dicho beneficio, "por tratarse de psicópatas que generalmente reinciden, por su peligrosidad y por el daño irreparable e irreversible para las víctimas"

Rosario Bareño | El Occidental

  · viernes 30 de agosto de 2019

El diputado Gustavo Macías Zambrano.

Incrementar penas de 20 a 45 años de prisión para quien cometa violación y abuso sexual infantil, propuso la bancada del PAN en el Congreso del Estado, asimismo, incluye que agresores sexuales sean registrados en un "padrón de agresores sexuales" el cual estará a cargo de la Fiscalía del Estado. El presidente de la fracción, el diputado Gustavo Macías Zambrano, indicó que los sentenciados por estos delitos no gocen de los beneficios consagrados en el Artículo 56 del ordenamiento penal que establece la reducción de la pena a los primo delincuentes".


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El PAN se opone a dicho beneficio, "por tratarse de psicópatas que generalmente reinciden, por su peligrosidad y por el daño irreparable e irreversible para las víctimas".

Se plantea en la iniciativa presentada la adición de un nuevo capítulo de agravantes comunes para los delitos contra la seguridad y la libertad sexual. Artículo 176 Bis; Las penas previstas para estos delitos se aumentarán hasta en una tercera parte cuando: Sea cometida con intervención de dos o más personas; El sujeto activo se aproveche de lazos afectivos, una posición de confianza, autoridad, respeto, influencia o de dependencia para cometer el delito;Cuando la violación sea cometida en medios de transportes públicos o privados, lugares solitarios o carreteras; Cuando la violación se realice aprovechándose de la autoridad que se ejerza legalmente sobre la víctima, o la confianza generada por una relación de parentesco sea cual fuere la naturaleza y el grado de ésta; en estos supuestos, el autor del delito será privado del ejercicio de la patria potestad, tutela o custodia y, en su caso, de los derechos sucesorios con respecto a la víctima.


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También, cuando el autor del delito se valiese del uso de drogas, como narcóticos, psicotrópicos y estupefacientes que anulen la voluntad de la víctima, para cometer el delito y cuando la violación sea cometida aprovechando los medios o circunstancias que proporcionan el empleo, cargo o comisión que el autor del delito ejerza, en cuyo caso éste será privado o suspendido, del ejercicio del empleo, cargo o comisión por el término de la pena de prisión que se le imponga.

Los diputados del PAN incluyen en su propuesta: imponer la obligación de seguir pagando por alimentos a quienes resulten ser deudores alimenticios según la legislación civil, no obstante la evidente pérdida de la patria potestad cuando el agresor es padre de la víctima.Se impone la obligación de dar alimento hasta la mayoría de edad del menor por vía judicial, cuando producto de una violación resulte un embarazo, sin derecho a reclamar ningún tipo de paternidad por medio del agresor.

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