Por unanimidad de votos, los diputados a propuesta del diputado Hernán Cortés Berumen, aprobaron emitir la declaratoria para que entre en vigor la Ley Nacional de Extinción de Dominio, de acuerdo a las modificaciones normativas realizadas a nivel federal, por lo que la disposición estatal quedó abrogada.
La extinción de dominio es una herramienta para combatir de manera eficiente la corrupción, ya que le quita al crimen organizado recursos materiales y económicos provenientes de actividades ilícitas y que mediante diversas estrategias desvinculan de su origen ilegal para su beneficio.
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El Congreso del Estado de Jalisco emite la declaratoria para el inicio de vigencia de la Ley Nacional de Extinción de Dominio en los siguientes términos:
Se declara la vigencia de la Ley Nacional de Extinción de Dominio en el Estado de Jalisco, con efectos a partir del día siguiente de la publicación del decreto que la expide.
Entérate:
Se abroga la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco, aprobada mediante decreto 254361LX/15 publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", de fecha 19 de Septiembre del 2015 con todo y sus reformas, así como las demás disposiciones legales y administrativas.
Los procesos en materia de extinción de dominio iniciados con la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Jalisco, las sentencias dictadas con base a los ordenamientos que dejarán de tener vigencia a Ia entrada del presente decreto surtirán todos sus efectos jurídicos y las investigaciones en preparación de la acción de extinción de dominio, por lo que deberán continuarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Los recursos que, actualmente, se administran conforme a la ley de Extinción de Dominio, así como la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones continuarán bajo su administración, debiendo realizar las armonizaciones necesarias.
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