/ miércoles 10 de julio de 2024

Reformas al Poder Judicial: los debates necesarios

Los últimos meses las opiniones a favor y en contra sobre el paquete de reformas propuesto por el presidente de la república han estado presentes en el debate público, pero, hablando especialmente del poder judicial, ¿de qué van los cambios presentados por el Ejecutivo Federal? Si bien el análisis es mucho más complejo, yo destacaría -a modo de resumen- los siguientes puntos: 1) elección popular de personas juezas, magistradas y ministras; 2) ajustes en la estructura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y nuevas reglas procesales, y ; 3) medidas de austeridad. Me detendré en cada uno de ellos para explicarlos y hacer algunos comentarios que me parecen pertinentes en función de un imprescindible en este país: hacer modificaciones al sistema de justicia de nuestro país para garantizar precisamente eso: justicia. Y eso, es una deuda histórica nacional.

Sobre el primer punto, se propone que tanto los cargos judiciales federales como locales sean elegidos mediante voto popular, es decir, a través de las urnas. Concuerdo en que esta medida podría incrementar la representatividad y legitimidad de estos cargos al volverla más “cercana” a la ciudadanía y ayudar a romper con un sistema percibido como elitista (que, en efecto, lo es). Sin embargo, me parece que las preocupaciones en torno a que dicha acción termine por premiar la popularidad por encima de la experiencia técnica (lo que de hecho debemos reconocer que actualmente ocurre con los otros poderes), es válida, por lo que deberíamos estar pensando en los requisitos para postularse, o en establecer mecanismos que realmente aseguren la independencia y la competencia técnica del poder judicial mediante criterios de elegibilidad, como que cuenten con cierta trayectoria, no solo el título de abogacía sino un mínimo de años según el cargo y que cuenten con cierto tiempo ejerciendo y laborando en el sistema de impartición de justicia.

En lo que respecta a los ajustes en la estructura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las nuevas reglas procesales, se contempla una reducción de 11 a 9 personas ministras, así como el establecimiento de plazos máximos para resolución de casos y la prohibición de suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos y controversias constitucionales. Este punto se relaciona con una mayor apertura en los procesos judiciales y revitalización del sistema judicial, calificado como ineficiente, a través del establecimiento de plazos máximos para la resolución de casos fiscales y penales, así como la prohibición de suspensiones contra leyes con efectos generales busca evitar el uso estratégico del amparo para detener la aplicación de leyes, lo que podría agilizar los procesos. No obstante, sobre este último punto, no puede dejar de reconocerse la delicadeza del tema pues puede significar un retroceso en la protección de los derechos humanos y en el equilibrio de poderes al limitar las herramientas del Poder Judicial para proteger a la ciudadanía contra posibles abusos legislativos o ejecutivos, y podría tener consecuencias negativas en la tutela efectiva de los derechos tanto individuales como colectivos, especialmente para grupos históricamente vulnerados.

Por último, las medidas de austeridad tienen qué ver con topar los salarios del funcionariado judicial para que nadie gane más que quien ostenta la presidencia de la república, la reducción de 11 a 9 personas ministras en la Suprema Corte y la reintegración de fideicomisos judiciales al Fondo de Pensiones para el Bienestar. En resumen, el primer punto tiene qué ver con la legitimidad (leída desde la representatividad) , el segundo con la efectividad y el tercero con una postura contra el despilfarro. Todos, por cierto, ligados entre sí. Quiero detenerme en la austeridad porque si bien nadie estará en desacuerdo de priorizar la mesura y evitar el lujo y la soberbia, pienso que la estas adecuaciones jamás deben hacerse poniendo en riesgo los derechos laborales de las y los trabajadores, sobretodo de aquellos puestos “de menor rango” y lo digo así no porque valgan menos, sino porque cobran menos. A lo que voy: el Estado no debe bajo ningún motivo precarizar (aún más) a sus trabajadoras y trabajadores, y cuando digo trabajadoras y trabajadores, por supuesto que insisto en aquellas personas que perciben menor ingreso y estar en mayor riesgo de experimentar alguna carencia o vulnerabilidad socioeconómica. Estamos ante una gran oportunidad de hacer los cambios pertinentes para mejorar el sistema judicial del país, para garantizar el acceso a la justicia y para seguir construyendo el México que queremos, ese mismo que merecemos.

Los últimos meses las opiniones a favor y en contra sobre el paquete de reformas propuesto por el presidente de la república han estado presentes en el debate público, pero, hablando especialmente del poder judicial, ¿de qué van los cambios presentados por el Ejecutivo Federal? Si bien el análisis es mucho más complejo, yo destacaría -a modo de resumen- los siguientes puntos: 1) elección popular de personas juezas, magistradas y ministras; 2) ajustes en la estructura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y nuevas reglas procesales, y ; 3) medidas de austeridad. Me detendré en cada uno de ellos para explicarlos y hacer algunos comentarios que me parecen pertinentes en función de un imprescindible en este país: hacer modificaciones al sistema de justicia de nuestro país para garantizar precisamente eso: justicia. Y eso, es una deuda histórica nacional.

Sobre el primer punto, se propone que tanto los cargos judiciales federales como locales sean elegidos mediante voto popular, es decir, a través de las urnas. Concuerdo en que esta medida podría incrementar la representatividad y legitimidad de estos cargos al volverla más “cercana” a la ciudadanía y ayudar a romper con un sistema percibido como elitista (que, en efecto, lo es). Sin embargo, me parece que las preocupaciones en torno a que dicha acción termine por premiar la popularidad por encima de la experiencia técnica (lo que de hecho debemos reconocer que actualmente ocurre con los otros poderes), es válida, por lo que deberíamos estar pensando en los requisitos para postularse, o en establecer mecanismos que realmente aseguren la independencia y la competencia técnica del poder judicial mediante criterios de elegibilidad, como que cuenten con cierta trayectoria, no solo el título de abogacía sino un mínimo de años según el cargo y que cuenten con cierto tiempo ejerciendo y laborando en el sistema de impartición de justicia.

En lo que respecta a los ajustes en la estructura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las nuevas reglas procesales, se contempla una reducción de 11 a 9 personas ministras, así como el establecimiento de plazos máximos para resolución de casos y la prohibición de suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos y controversias constitucionales. Este punto se relaciona con una mayor apertura en los procesos judiciales y revitalización del sistema judicial, calificado como ineficiente, a través del establecimiento de plazos máximos para la resolución de casos fiscales y penales, así como la prohibición de suspensiones contra leyes con efectos generales busca evitar el uso estratégico del amparo para detener la aplicación de leyes, lo que podría agilizar los procesos. No obstante, sobre este último punto, no puede dejar de reconocerse la delicadeza del tema pues puede significar un retroceso en la protección de los derechos humanos y en el equilibrio de poderes al limitar las herramientas del Poder Judicial para proteger a la ciudadanía contra posibles abusos legislativos o ejecutivos, y podría tener consecuencias negativas en la tutela efectiva de los derechos tanto individuales como colectivos, especialmente para grupos históricamente vulnerados.

Por último, las medidas de austeridad tienen qué ver con topar los salarios del funcionariado judicial para que nadie gane más que quien ostenta la presidencia de la república, la reducción de 11 a 9 personas ministras en la Suprema Corte y la reintegración de fideicomisos judiciales al Fondo de Pensiones para el Bienestar. En resumen, el primer punto tiene qué ver con la legitimidad (leída desde la representatividad) , el segundo con la efectividad y el tercero con una postura contra el despilfarro. Todos, por cierto, ligados entre sí. Quiero detenerme en la austeridad porque si bien nadie estará en desacuerdo de priorizar la mesura y evitar el lujo y la soberbia, pienso que la estas adecuaciones jamás deben hacerse poniendo en riesgo los derechos laborales de las y los trabajadores, sobretodo de aquellos puestos “de menor rango” y lo digo así no porque valgan menos, sino porque cobran menos. A lo que voy: el Estado no debe bajo ningún motivo precarizar (aún más) a sus trabajadoras y trabajadores, y cuando digo trabajadoras y trabajadores, por supuesto que insisto en aquellas personas que perciben menor ingreso y estar en mayor riesgo de experimentar alguna carencia o vulnerabilidad socioeconómica. Estamos ante una gran oportunidad de hacer los cambios pertinentes para mejorar el sistema judicial del país, para garantizar el acceso a la justicia y para seguir construyendo el México que queremos, ese mismo que merecemos.