/ lunes 17 de junio de 2024

Cultura de Paz y Derechos Humanos

Los medios alternos son redimensionados jurídica y filosóficamente al ser concebidos como un derecho humano. La tesis 2020851 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, es enfática en dicha percepción: “la justicia alternativa constituye un derecho humano de rango constitucional”. Lo anterior también es sustentado por la reforma al artículo 17º de la CPEUM publicada en el DOF el 18 de junio del 2018, donde el acceso a una justicia expedita y eficaz pondera los medios alternos como “una opción al proceso jurisdiccional, para fomentar la cultura del diálogo, el respeto por el otro, la agilidad y eficacia”.

La tesis 2006554 de esta entidad judicial federal, versa en particular sobre la legislación en el Estado de Jalisco y los medios alternos de solución de controversias, descollando el soporte jurídico que nos remite a dos recomendaciones internacionales. La primera referencia es la Convención Americana sobre Derechos Humanos donde en su artículo 8º señala las garantías individuales irrenunciables para recibir justicia, que, aunque no precisa a los medios alternos, es posible deducirlos de una lectura hermenéutica jurídica y bajo la perspectiva ad hominem, de procurar la interpretación de mayor beneficio. La segunda referencia está en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14º, que habla de las condiciones al impartir justicia tales como igualdad, presunción de inocencia, disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección. La mediación, como un modelo alternativo de la justicia tradicional, termina el monopolio del Estado para dirimir controversias entre particulares, como una vía que reduce el tiempo, gastos y produce mayor satisfacción de las partes en pugna, bajo la pauta de la cultura de paz.

Por ello, no es exagerado sugerir que la mediación es uno de los caminos que con mayor prolijo debemos cuidar para conseguir escenarios deseables de convivencia fraternal. La mediación ofrece más bondades que dificultades, es más fácilmente asequible a todo tipo de personas, que seguramente preferirían más acordar que guerrear. Si en nuestra acepción de paz no excluimos vocablos como negociación, conciliación, arbitraje, acuerdos, diálogo, soluciones pacíficas justas, entonces la mediación es un eje axial en las políticas modernas a rescatar para arribar a la paz. La mediación es una opción válida y merece que los profesionales que se dedican a ejercerla, pregonen, toquen puertas, sensibilicen, exhorten, persuadan, gestionen, en suma, preponderar como inherente, que el discrepar conlleve el resolver, y ese solucionar, inspirados en la filosofía de la cultura de paz.

Todos los gobiernos y actores sociales –como suposición- coinciden en una sociedad justa, próspera, culta, saludable, feliz y pacífica. ¿Por qué?, teniendo la mediación disponible, ¿no se aprovecha? Si no existiera esta norma, estaríamos sugiriendo iniciativas semejantes para su cristalización, hoy, tenemos textos vigentes de la mediación, inadvertidos y desdeñados aún por los propios abogados, tribunales e instancias oficiales.

Consecuentemente, una tarea primordial es su difusión en todos los nichos de público posibles, todas edades, profesiones y niveles escolares. Urge que la sociedad disponga de técnicas y herramientas que un día seguramente necesitará, para disipar controversias.

Saberes que permitan desde temprana edad, métodos dialógicos civilizados, que conforme adquiramos experiencia, depuremos dichos mecanismos. Este conocimiento es imprescindible en la formación académica de cualquier carrera, en el ejercicio de cualquier profesión y oficio, en relaciones interpersonales, familiares, laborales. Si valoramos la mediación como una habilidad humana, este mundo podría tener mejor futuro. Serían generaciones contrastantes contra las que iríamos purgando de poco en poco, habría más racionales con mentalidades y recursos pacíficos, que quienes osen cimbrar para mal la paz social.


Psic. Delia Pérez Guerrero. Perito en Mediación, Certificada como Psicóloga Mediadora. Especialista en Participaciones de Niños Niñas y Adolescentes en procesos de Mediación. Participó en la construcción e impulso de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco. Nombrada Embajadora de Paz por la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad de Guadalajara, y nombrada Embajadora de Paz por el Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco. Premio por la paz Jalisco 2019.

Correo electrónico: deliaperez0911@gmail.com


Dr. Blas Sergio Jasso Hinojosa. Perito en Mediación y Presidente del Colegio Estatal de Psicólogos en Intervención de Jalisco A.C.. Participó en la construcción e impulso de la Ley de Cultura de Paz del Estado de Jalisco. Nombrado Embajador de Paz por la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad de Guadalajara y nombrado Embajador de Paz por el Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco. Premio por la paz Jalisco 2019.

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