/ jueves 12 de mayo de 2022

Creer, un derecho digno de respeto

Las constituciones políticas de la mayoría de las democracias del mundo, México entre ellas, garantizan la libertad de conciencia, brindando a las personas protección jurídica cuando éstas actúan de acuerdo con sus convicciones.

Con base en dicha libertad, los seres humanos no necesitan que las demás personas estén de acuerdo con sus creencias, sino que éstas sean respetadas de manera absoluta por el resto de la sociedad.

Las personas que no comparten su fe pueden dudar si así lo quieren, están en todo su derecho; pero deben aceptar que quienes creen religiosamente en algo están ejerciendo su derecho de tener el credo religioso de su preferencia.

En lo que respecta a la actuación de las iglesias, conviene destacar que todas pueden hacer proselitismo, pero ninguna de ellas puede obligar a las personas a creer en algo, ni a hacer lo que ellas enseñan en materia doctrinal. Todos somos completamente libres.

Hoy en día, creer es un derecho, como también lo es el no creer. Lo importante es respetar en todo tiempo y circunstancia el ejercicio de ese derecho en todos los seres humanos. El derecho de las personas a creer o no creer supone que nadie puede obligarlo a arrodillarse ante nada ni nadie, como intentó hacerlo en el pasado bíblico Nabucodonosor, rey de Babilonia, o como lo hizo también en la Edad Media la mal llamada Santa Inquisición, la institución que decidía qué era religiosamente bueno, y qué no. Los inquisidores resolvían qué era conforme a la ortodoxia, y qué era heterodoxo o herético.

Los tiempos actuales son diferentes, esto gracias a la legislación internacional sobre derechos humanos, la cual se comprometen a respetar los Estados que son admitidos como miembros de las Naciones Unidas.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 18 señala:

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”

De acuerdo con esta importante Declaración, considerada como el fundamento de las normas internacionales sobre derechos humanos, queda claro que todos tenemos el derecho a elegir la religión o las creencias que deseemos, así como el derecho a cambiar las creencias actuales por otras, o adoptar opiniones escépticas, o bien el derecho a mantener la religión propia.

En otras palabras, todas las personas pueden decidir creer o no. Además, pueden exigir respeto a sus creencias o no creencias. Así que, si a alguien le parecen absurdas y sin sentido las creencias de los demás, es muy sencillo: no crea usted en ellas ni las acepte, pero respételas.

Si somos respetuosos de los derechos humanos, conocidos también como libertades fundamentales, respetaremos la religión de la gente, así como su derecho a tener la fe de su preferencia. Seamos capaces de mostrar una actitud de respeto entre las diferencias de cultura y opción religiosa.

En más sobre lo anterior, me permito recordar que el reconocimiento de la libertad religiosa supone el respeto absoluto por parte de las autoridades de la diversidad de convicciones. El artículo 24 constitucional lo establece de manera contundente: “El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna”.

Concluyo mi columna de este día recordando una frase inmortal sobre el derecho ajeno, pronunciada por Benito Juárez justo al ser restaurada la República en México (1867): “Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.”

Hoy, como en el tiempo que le tocó vivir al ilustre Benemérito de las Américas, el camino que conduce a la paz es el respeto.

Twitter: @armayacastro

Las constituciones políticas de la mayoría de las democracias del mundo, México entre ellas, garantizan la libertad de conciencia, brindando a las personas protección jurídica cuando éstas actúan de acuerdo con sus convicciones.

Con base en dicha libertad, los seres humanos no necesitan que las demás personas estén de acuerdo con sus creencias, sino que éstas sean respetadas de manera absoluta por el resto de la sociedad.

Las personas que no comparten su fe pueden dudar si así lo quieren, están en todo su derecho; pero deben aceptar que quienes creen religiosamente en algo están ejerciendo su derecho de tener el credo religioso de su preferencia.

En lo que respecta a la actuación de las iglesias, conviene destacar que todas pueden hacer proselitismo, pero ninguna de ellas puede obligar a las personas a creer en algo, ni a hacer lo que ellas enseñan en materia doctrinal. Todos somos completamente libres.

Hoy en día, creer es un derecho, como también lo es el no creer. Lo importante es respetar en todo tiempo y circunstancia el ejercicio de ese derecho en todos los seres humanos. El derecho de las personas a creer o no creer supone que nadie puede obligarlo a arrodillarse ante nada ni nadie, como intentó hacerlo en el pasado bíblico Nabucodonosor, rey de Babilonia, o como lo hizo también en la Edad Media la mal llamada Santa Inquisición, la institución que decidía qué era religiosamente bueno, y qué no. Los inquisidores resolvían qué era conforme a la ortodoxia, y qué era heterodoxo o herético.

Los tiempos actuales son diferentes, esto gracias a la legislación internacional sobre derechos humanos, la cual se comprometen a respetar los Estados que son admitidos como miembros de las Naciones Unidas.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 18 señala:

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”

De acuerdo con esta importante Declaración, considerada como el fundamento de las normas internacionales sobre derechos humanos, queda claro que todos tenemos el derecho a elegir la religión o las creencias que deseemos, así como el derecho a cambiar las creencias actuales por otras, o adoptar opiniones escépticas, o bien el derecho a mantener la religión propia.

En otras palabras, todas las personas pueden decidir creer o no. Además, pueden exigir respeto a sus creencias o no creencias. Así que, si a alguien le parecen absurdas y sin sentido las creencias de los demás, es muy sencillo: no crea usted en ellas ni las acepte, pero respételas.

Si somos respetuosos de los derechos humanos, conocidos también como libertades fundamentales, respetaremos la religión de la gente, así como su derecho a tener la fe de su preferencia. Seamos capaces de mostrar una actitud de respeto entre las diferencias de cultura y opción religiosa.

En más sobre lo anterior, me permito recordar que el reconocimiento de la libertad religiosa supone el respeto absoluto por parte de las autoridades de la diversidad de convicciones. El artículo 24 constitucional lo establece de manera contundente: “El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna”.

Concluyo mi columna de este día recordando una frase inmortal sobre el derecho ajeno, pronunciada por Benito Juárez justo al ser restaurada la República en México (1867): “Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.”

Hoy, como en el tiempo que le tocó vivir al ilustre Benemérito de las Américas, el camino que conduce a la paz es el respeto.

Twitter: @armayacastro

ÚLTIMASCOLUMNAS